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Distribución del financiamiento público directo

La distribución del financiamiento público directo se basa en una fórmula mediante la cual se determina qué porcentaje recibe cada partido o candidato. Hay tres principios que pueden determinar la distribución: igualitario, proporcional y necesario. La opción más común es emplear una fórmula que combine elementos de los tres principios. Por ejemplo, puede ocurrir que todos los partidos y candidatos con representación parlamentaria reciban una suma sobre bases igualitarias, que además reciban un porcentaje proporcional a los votos obtenidos y que por su parte los nuevos partidos reciban recursos por separado con la finalidad de participar en una elección por vez primera. Una forma de distribuir los fondos públicos es emplear distintas fórmulas dependiendo del destino o uso que se les puede dar.

La distribución de carácter igualitario puede tener las siguientes variantes o modalidades:

  • Se da una cantidad igual a todos los partidos o candidatos que compiten en la elección. Esta fórmula puede ser muy costosa y plantear el riesgo de que participen partidos políticos que estén más interesados en obtener beneficios financieros que en ganar la elección o influir en la política.
  • Se otorga una cantidad igual a todos los partidos políticos que obtuvieron un determinado número de cargos o escaños en la última elección.

Al restringir la asignación de fondos a los partidos que han alcanzado cierta representación se limita el riesgo de beneficiar a aquéllos que no constituyen una seria alternativa electoral, aunque también puede desalentar a los partidos y candidatos que contienden por primera vez. Este riesgo se puede agravar debido a que todos los sistemas electorales tienden a reducir el número de partidos que alcanzan escaños o cargos de elección y, por lo tanto, tienden a discriminar a los partidos pequeños. Esta discriminación permite que el partido elegido pueda tomar decisiones, pero puede tener un efecto no intencionado de mayor alcance si el número de escaños o cargos se utiliza en la fórmula para calcular o determinar el financiamiento público. Esta fórmula se basa en la distribución de fondos entre partidos políticos, por lo que es común en aquellos países cuyos sistemas electorales privilegian a los partidos y no a los candidatos.

  • Se entrega una cantidad igual a todos los partidos políticos y candidatos representados en la legislatura nacional.

Si se dan fondos públicos a todos los partidos y candidatos que alcanzan representación, todavía se corre el riesgo de desalentar a los partidos pequeños y a los nuevos, pero al menos se permite la inclusión de un mayor número de fuerzas políticas.

  • Se asigna una cantidad igual para todos los partidos y candidatos que obtuvieron un determinado número de votos en la última elección.

Se amplía más el espectro de beneficiarios si se asigna una cantidad igualitaria de fondos públicos a todos los partidos y candidatos que alcanzaron un determinado volumen de apoyo popular, aunque no hayan alcanzado el umbral de votación requerido para tener representación, es decir para ganar uno de los cargos o escaños en disputa. Para estos efectos suele pedirse entre uno y dos por ciento de la votación emitida.

La distribución proporcional se refiere al sistema en el que los partidos y candidatos reciben mayor financiamiento entre mayor sea el número de candidatos presentados, votos recibidos o cargos ganados. Entre los principales criterios para realizar una asignación proporcional se pueden mencionar las siguientes formas de distribución:

  • En proporción al número de candidatos postulados.

La distribución de fondos dependiendo del número de candidatos postulados para una elección tiende a utilizarse más en países con sistemas electorales basados en partidos políticos y no en candidatos.

  • En proporción a la “representatividad” de la lista de candidatos postulados.

En ocasiones, el financiamiento público se utiliza para incrementar la participación de grupos subrepresentados, alentando a los partidos políticos a postularlos.

  • En proporción al financiamiento privado recaudado (fondos compensatorios).

Una crítica recurrente al financiamiento público de partidos y candidatos es que se tornan independientes del apoyo de sus miembros y simpatizantes. Esta independencia plantea el riesgo de no escuchar las opiniones o no representar los intereses de sus miembros y simpatizantes. Para contrarrestar este riesgo, se han establecido los denominados sistemas de fondos compensatorios, a través de los cuales los partidos y candidatos reciben fondos públicos en proporción del financiamiento que obtienen de sus miembros y simpatizantes. Esta fórmula puede operar en detrimento de los partidos pequeños o de reciente creación que pueden enfrentar dificultades para desarrollar campañas exitosas de recaudación de fondos.

  • En proporción a los escaños o cargos obtenidos.

Como se ha mencionado, todos los sistemas electorales tienden a discriminar a los partidos pequeños con la finalidad de conformar órganos que puedan tomar decisiones. Esta discriminación puede tener más alcances y plantear mayores desventajas si los fondos se distribuyen dependiendo del número de escaños o cargos obtenidos.

  • En proporción a los votos recibidos.

Un sistema que asigna fondos en proporción a los votos obtenidos en la última elección sigue representando desventajas para los partidos pequeños o de nueva creación, pero en menor medida que el sistema que asigna los fondos públicos en función de los cargos o escaños obtenidos.

  • En proporción al número de afiliados del partido o a otra prueba de apoyo.

La distribución de fondos públicos basada en los escaños o votos obtenidos deriva de la idea de que los partidos deben probar su nivel de apoyo público antes de recibir los beneficios del financiamiento. Otras fórmulas para asegurar que el partido cuenta con respaldo popular o social se basan en número de afiliados registrados. Esto puede permitir a los nuevos partidos mayores oportunidades de acceso a los fondos públicos al comprobar el apoyo público con el que cuentan. Sin embargo, los niveles de membresía no son un indicador automático del apoyo que obtendrá un partido en una elección, además, es difícil que la autoridad electoral verifique la veracidad o precisión de estos registros.

Finalmente, hay sistemas en los que se favorece a los partidos políticos con necesidades especiales en el acceso a fondos públicos con miras a garantizar condiciones de equidad en la competencia. A continuación se citan algunos ejemplos de criterios de asignación basados en necesidades especiales:

  • Se asignan fondos a los nuevos partidos políticos. Es conveniente que los sistemas estén abiertos a la presencia de nuevos partidos y con frecuencia se considera que el financiamiento es un mecanismo para preservar el status quo en aquellos sistemas en que los partidos políticos establecidos permanecen en el poder en buena medida porque se benefician de los fondos públicos. Esto se puede contrarrestar brindando a los nuevos partidos políticos financiamiento especial.
  • Se asignan fondos a los pequeños partidos políticos. Los criterios de asignación que se basan en el número de escaños o votos obtenidos en la última elección operan en detrimento de los pequeños partidos políticos. Por ello en algunos casos se destina un porcentaje del financiamiento público para apoyar en específico a los pequeños partidos cuando se considera que es deseable contar con ellos. En otros casos, se puede aplicar una fórmula de distribución proporcional que funcione a favor de los pequeños partidos si se establece que, por ejemplo, un porcentaje inicial de los votos se convierta en un mayor monto de financiamiento en relación a los porcentajes adicionales.
  • Se asignan fondos a los partidos o candidatos de minoría. El financiamiento público se puede utilizar para fomentar la participación de grupos subrepresentados. Los partidos que postulen candidatos de minorías pueden recibir fondos especiales o quedar exentos de cumplir con los umbrales de votación para beneficiarse del financiamiento público.