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Delimitación de Distritos

Honduras Honduras

BD001

Delimitación de circunscripciones


Pregunta¿Existen circunscripciones delimitadas específicamente para fines electorales?
Answer: a.
Respuestas La División Política Geográfica Electoral es la sectorización que hace el Consejo Nacional Electoral (CNE) de un determinado territorio, tomando como elemento principal el domicilio de los ciudadanos aptos para el ejercicio del sufragio, asignándoles un centro de votación accesible y cercano a su residencia que garantice ese derecho.
Fuente Electoral Law: “Ley Electoral de Honduras”, art. 89: https://aceproject.org/ero-en/regions/americas/HN/honduras-ley-electoral-2021-con-reformas-2021/
Verificado 2025/08/07
BD003

Criterios para límites de distritos electorales


Pregunta¿Qué criterios se usan para establecer los límites de los distritos electorales?
Respuestas a. 'Equivalencia' de población
b. De acuerdo a límites o barreras naturales
c. Compacidad de las circunscripciones
d. Correlación con los límites jurisdiccionales locales
Respuestas En el sector geográfico electoral se agrupan uno o más poblados dentro de un municipio, para hacer efectivo el ejercicio del sufragio de los ciudadanos en un lugar cercano a su residencia, constituyéndose éste como su domicilio electoral. En dicho sector deben habitar una cantidad de ciudadanos igual o mayor de 100 y debe existir accesibilidad, proximidad y continuidad geográfica entre los poblados.
Fuente Electoral Law: “Ley Electoral de Honduras”, art. 90: https://aceproject.org/ero-en/regions/americas/HN/honduras-ley-electoral-2021-con-reformas-2021/
Verificado 2025/08/07
BD005

Órgano responsable


PreguntaEl organismo responsable de establecer los límites de los distritos electorales es:
Respuestas e. Organismo de Administración Electoral (OE)
Respuestas El Consejo Nacional Electoral (CNE), mediante resolución del Pleno, debe crear los sectores geográficos que sean necesarios y puede modificarlos o suprimirlos según lo considere necesario. La actualización de la División Política Geográfica Electoral es permanente, sin embargo, debe suspenderse desde 90 días calendario antes de las elecciones generales y reanudarse al día siguiente de la declaratoria de resultados.
Fuente Electoral Law: “Ley Electoral de Honduras”, art. 91: https://aceproject.org/ero-en/regions/americas/HN/honduras-ley-electoral-2021-con-reformas-2021/
Verificado 2025/08/07
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