Facilitators' Answers —
Cambiar a contenido.
|
Saltar a navegación
Buscar en el sitio
Búsqueda Avanzada…
Inicio
Enciclopedia
Datos Comparados
Materiales Electorales
Consejos electorales
Regiones y Países
Sobre ACE
Herramientas Personales
Entrar
Red de Profesionales
Usted está aquí:
Inicio
→
Support and Advice
→
Archive
→
Questions
→
Facilitators' Answers
Ingreso (Red de profesionales)
Español
Enciclopedia
Administración electoral
Asistencia electoral efectiva
Costos del registro y las elecciones
Delimitación de distritos
Democracia directa
Educación electoral
Género y elecciones
Elecciones y Discapacidades
Elecciones y Medios de comunicación
Elecciones y seguridad
Elecciones y tecnología
Elecciones y VIH/SIDA
Escrutinio de votos
Integridad electoral
Leyes electorales: una perspectiva macroscópica
Logística electoral
Marco jurídico
Partidos y candidatos
Registro de electores
Sistemas electorales
Voto electrónico
Voto en el extranjero
Países
Recursos
Enciclopedia
Materiales electorales
Datos comparados
Calendario electoral
Capacitación electoral - BRIDGE
Últimas actualizaciones
Consejo de los expertos
Pregunta a la red de profesionales
Explora las respuestas consolidadas
Encuentra un experto
Acerca de…
Acerca de ACE
Socios de ACE
Red de profesionales
Preguntas frecuentes
Info
Acciones de Documento
Partidos y Candidatos
España
PC001
Requisitos de registro para los partidos
Pregunta
¿Cuáles son los requisitos de registro para que un partido político participe en las elecciones nacionales (Cámara Baja)?
Respuestas
f
.
Otros
Respuestas
En estricto sentido, el proceso de inscripción de un partido político ante el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior depende de que sus promotores presenten el acta fundacional donde se detalle la información de los propios promotores, el nombre del partido político, quiénes han de integrar los órganos directivos provisionales, el domicilio y los estatutos del partido. Ahora bien, una vez convocadas las elecciones, están obligados a nombrar un representante ante la autoridad electoral.
Fuente
Law 6/2002 of 27 June about political parties: “Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos”, art. 3: https://www.boe.es/buscar/pdf/2002/BOE-A-2002-12756-consolidado.pdf; Electoral Law: “Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General”, arts. 43 & 168: http://aceproject.org/ero-en/regions/europe/ES/espana-ley-organica-5-1985-de-19-de-junio-del-1/
Verificado
2025/04/03
PC003
Requisitos de registro para candidatos (Cámara 1)
Pregunta
¿Cuáles son los requisitos legales para ser candidato en las elecciones legislativas (Cámara Baja)?
Respuestas
a
.
Edad
b
.
Ciudadanía
f
.
Registro electoral
j
.
Otros
Respuestas
La legislación lista una serie de cargos públicos que son incompatibles con la condición de candidato en las elecciones.
Fuente
Constitution: “Constitución Española”, art. 70: http://aceproject.org/ero-en/regions/europe/ES/espana-constitucion-espanola-2011-2016/; Electoral Law: “Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General”, arts. 6, 46 & 155: http://aceproject.org/ero-en/regions/europe/ES/espana-ley-organica-5-1985-de-19-de-junio-del-1/
Verificado
2025/04/03
PC008
Candidatos independientes
Pregunta
¿Pueden competir en las elecciones presidenciales o legislativas candidatos que no estén afiliados a un partido político (independientes)?
Respuestas
c
.
En elecciones legislativas (Cámara Baja)
d
.
En elecciones legislativas (Cámara Alta)
Respuestas
Fuente
Electoral Law: “Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General”, arts. 43, 44 & 169: http://aceproject.org/ero-en/regions/europe/ES/espana-ley-organica-5-1985-de-19-de-junio-del-1/
Verificado
2025/04/03
PC012
Financiamiento público de partidos
Pregunta
¿Reciben los partidos políticos registrados financiamiento público directo/indirecto?
Respuestas
b
.
Directo
c
.
Indirecto
Respuestas
Los recursos económicos de los partidos políticos estarán constituidos por: 1. Recursos procedentes de la financiación pública: a) Las subvenciones públicas para gastos electorales; b) Las subvenciones estatales anuales para gastos de funcionamiento; c) Las subvenciones anuales que las Comunidades Autónomas establezcan para gastos de funcionamiento en el ámbito autonómico correspondiente, así como las otorgadas por los Territorios Históricos vascos y, en su caso, por las Corporaciones Locales; d) Las subvenciones extraordinarias para realizar campañas de propaganda que puedan establecerse en la Ley Orgánica Reguladora de las Distintas Modalidades de Referéndum; e) Las aportaciones que, en su caso, los partidos políticos puedan recibir de los Grupos Parlamentarios de las Cámaras de las Cortes Generales, de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Juntas Generales de los Territorios Históricos vascos y de los grupos de representantes en los órganos de las Administraciones Locales. 2. Recursos procedentes de la financiación privada: a) Las cuotas y aportaciones de sus afiliados; b) Los productos de las actividades propias del partido así como de aquellas, reflejadas en la documentación contable y sometidas al control del Tribunal de Cuentas, que se vengan desarrollando tradicionalmente en sus sedes y faciliten el contacto y la interacción con los ciudadanos; los rendimientos procedentes de la gestión de su propio patrimonio; los beneficios procedentes de sus actividades promocionales y los que puedan obtenerse de los servicios que puedan prestar en relación con sus fines específicos; c) Las donaciones en dinero o en especie; d) Los fondos procedentes de los préstamos o créditos que concierten; e) Las herencias o legados que reciban.
Fuente
Electoral Law 5/1985 of 19 June ("Ley Orgánica del Régimen Electoral General"), art. 127 & 175.3: http://aceproject.org/ero-en/regions/europe/ES/espana-ley-organica-5-1985-de-19-de-junio-del-1/; Law 8/2007 of July 4 on the funding of political parties: “Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos”, arts. 2, 3, 10 & 11: http://aceproject.org/ero-en/regions/europe/ES/espana-ley-organica-8-2007-de-4-de-julio-sobre; Law 6/2002 of 27 June about political parties: “Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos”, art. 13: http://aceproject.org/ero-en/regions/europe/ES/espana-ley-organica-6-2002-de-27-de-junio-de
Verificado
2025/04/03
PC015
Base del financiamiento público
Pregunta
¿Cuál es la base del financiamiento público?
Respuestas
b
.
Basado en los resultados de las elecciones previas
c
.
Basado en su representación parlamentaria actual
Respuestas
Para la asignación de tales subvenciones se dividirá la correspondiente consignación presupuestaria en tres cantidades iguales. Una de ellas se distribuirá en proporción al número de escaños obtenidos por cada partido político en las últimas elecciones al Congreso de los Diputados y las dos restantes proporcionalmente a todos los votos obtenidos por cada partido en dichas elecciones.
Fuente
Law 8/2007 of July 4 on the funding of political parties: “Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos”, art. 3: http://aceproject.org/ero-en/regions/europe/ES/espana-ley-organica-8-2007-de-4-de-julio-sobre/
Verificado
2025/04/03
PC017
Financiamiento privado de partidos
Pregunta
¿Están facultados los partidos políticos registrados para obtener financiamiento privado?
Answer:
a
.
Sí
Respuestas
Recursos procedentes de la financiación privada: a) Las cuotas y aportaciones de sus afiliados; b) Los productos de las actividades propias del partido, los rendimientos procedentes de la gestión de su propio patrimonio, los beneficios procedentes de sus actividades promocionales y los que puedan obtenerse de los servicios que puedan prestar en relación con sus fines específicos; c) Las donaciones en dinero o en especie; d) Los fondos procedentes de los préstamos o créditos que concierten; e) Las herencias o legados que reciban.
Fuente
Electoral Law 5/1985 of 19 June ("Ley Orgánica del Régimen Electoral General"), art. 127: http://aceproject.org/ero-en/regions/europe/ES/espana-ley-organica-5-1985-de-19-de-junio-del-1/; Law 8/2007 of July 4 on the funding of political parties: “Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos”, art. 2 & 4: http://aceproject.org/ero-en/regions/europe/ES/espana-ley-organica-8-2007-de-4-de-julio-sobre/
Verificado
2025/04/03
.
aqui
Contacto
Política de privacidad
Términos de Uso
Accesibilidad
Mapa del Sitio
Copyright y Descargo de responsabilidad
©
1998-2026 ACE project