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Partidos y Candidatos

Nicaragua Nicaragua

PC001

Requisitos de registro para los partidos


Pregunta¿Cuáles son los requisitos de registro para que un partido político participe en las elecciones nacionales (Cámara Baja)?
Respuestas c. Distribución regional (cobertura)
f. Otros
Respuestas Los ciudadanos interesados en constituir un partido político deberán informarlo al Consejo Supremo Electoral. Para obtener personalidad jurídica deberán cumplir los siguientes requisitos: 1) Escritura Pública en la que se constituye la agrupación política. 2) El nombre del partido que desean constituir, y el emblema que lo diferenciará claramente de los demás partidos políticos legalmente existentes. 3) Los principios políticos, programas y estatutos del mismo. 4) El patrimonio. 5) El nombre de su Representante legal y su suplente. 6) Constituir Directivas Nacionales con un número no menor de nueve miembros. 7) Constituir Directivas Departamentales y de las Regiones Autónomas conforme a la División Político Administrativa, con un número no menor de siete miembros. 8) Constituir Directivas Municipales, con un número no menor de cinco miembros, en todos los municipios del país.
Fuente Electoral Law No. 331: “Ley Electoral No. 331 (enmendada por la ley No. 790 del 23/05/2012)”, art. 65, 77, 82: http://aceproject.org/ero-en/regions/americas/NI/leyes-electorales/nicaragua-ley-no.-331-ley-electoral-2012/ (2016).
Verificado 2016/06/07
PC003

Requisitos de registro para candidatos (Cámara 1)


Pregunta¿Cuáles son los requisitos legales para ser candidato en las elecciones legislativas (Cámara Baja)?
Respuestas a. Edad
b. Ciudadanía
c. País de nacimiento
d. Residencia
j. Otros
Respuestas Los requisitos legales para ser candidato en las elecciones legislativas son: a) Ser nacional de Nicaragua. b) Estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos. c) Haber cumplido 21 años de edad. d) Haber residido en forma continuada en el país los cuatro años anteriores a la elección, salvo que durante dicho periodo cumpliere misiones diplomáticas, trabajase en Organismos Internacionales o realizare estudios en el extranjero. e) Además, haber nacido o haber residido durante los últimos dos años en el Departamento o Región Autónoma por el cual se pretende salir electo.
Fuente Constitution: “Constitución Política de Nicaragua (2014)”, art. 134 (1): http://aceproject.org/ero-en/regions/americas/NI/constitucion/constitucion-politica-de-nicaragua-con-reformas-a/ (2016).
Verificado 2016/06/07
PC008

Candidatos independientes


Pregunta¿Pueden competir en las elecciones presidenciales o legislativas candidatos que no estén afiliados a un partido político (independientes)?
Respuestas a. Ni en elecciones legislativas ni presidenciales
Respuestas Aunque la ley electoral no contempla la figura de las candidaturas independientes, los partidos de oposición al gobernante celebrarán elecciones primarias en las que se incluyen candidatos independientes para Presidente de la República y diputados departamentales para los comicios nacionales de 2016.
Fuente Electoral Law No. 331: “Ley Electoral No. 331 (enmendada por la ley No. 790 del 23/05/2012)”, art. 77: http://aceproject.org/ero-en/regions/americas/NI/leyes-electorales/nicaragua-ley-no.-331-ley-electoral-2012/ (2016); EU EOM Final Report, General and Parlacen Elections in Nicaragua, 2011: http://aceproject.org/ero-en/regions/americas/NI/nicaragua-final-report-general-elections-eu/ (2016).
Verificado 2016/06/07
PC012

Financiamiento público de partidos


Pregunta¿Reciben los partidos políticos registrados financiamiento público directo/indirecto?
Respuestas b. Directo
c. Indirecto
Respuestas Los partidos políticos o alianzas de partidos que hubieren participado en las elecciones nacionales tienen derecho al financiamiento público mediante el reembolso de sus gastos de campaña, siempre y cuando demuestre haber obtenido al menos el 4% de los votos válidos. Adicionalmente, se les distribuye el uso gratuito de medios de comunicación para las campañas pre-electorales.
Fuente Electoral Law No. 331: “Ley Electoral No. 331 (enmendada por la ley No. 790 del 23/05/2012)”, art. 90, 99: http://aceproject.org/ero-en/regions/americas/NI/leyes-electorales/nicaragua-ley-no.-331-ley-electoral-2012/ (2016).
Verificado 2016/06/07
PC015

Base del financiamiento público


Pregunta¿Cuál es la base del financiamiento público?
Respuestas b. Basado en los resultados de las elecciones previas
Respuestas El Estado destinará una asignación presupuestaria específica del 1% de los ingresos ordinarios del Presupuesto General, para reembolsar exclusivamente los gastos de campaña electoral en que hayan incurrido los partidos políticos o alianza de partidos que hubieren alcanzado al menos el 4% de los votos válidos.
Fuente Electoral Law No. 331: “Ley Electoral No. 331 (enmendada por la ley No. 790 del 23/05/2012)”, art. 99, 102: http://aceproject.org/ero-en/regions/americas/NI/leyes-electorales/nicaragua-ley-no.-331-ley-electoral-2012/ (2016).
Verificado 2016/06/07
PC017

Financiamiento privado de partidos


Pregunta¿Están facultados los partidos políticos registrados para obtener financiamiento privado?
Answer: a.
Respuestas Los partidos políticos o alianza de partidos podrán recibir donaciones de ciudadanos nicaragüenses o extranjeros, dentro de los montos, límites y de acuerdo a los requisitos y condiciones establecidas en la ley electoral. Sin embargo, no estarán permitidas las donaciones de instituciones estatales o mixtas, sean éstas nacionales o extranjeras; las contribuciones privadas anónimas; ni las contribuciones realizadas por cualquier entidad autónoma o descentralizada. Las donaciones provenientes de instituciones extranjeras se destinarán para la asistencia técnica y capacitaciones.
Fuente Electoral Law No. 331: “Ley Electoral No. 331 (enmendada por la ley No. 790 del 23/05/2012)”, art. 103, 104: http://aceproject.org/ero-en/regions/americas/NI/leyes-electorales/nicaragua-ley-no.-331-ley-electoral-2012/ (2016).
Verificado 2016/06/07
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