Argentina: El Senado votó cambios a la ley electoral de comunas, IT10 Digital (2011)
El Senado de Santa Fe dio media sanción en su sesión de ayer y por lo tanto vuelve a Diputados a la iniciativa de Alberto Monti donde se modifica “el artículo 142 de la ley Nº 2439 - Ley Orgánica de Comunas de la Provincia -, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 142: Terminado el proceso electoral, el Tribunal Electoral de la Provincia proclamará electos los candidatos con mayor número de votos, hasta completar el número a elegirse, de acuerdo a la convocatoria y cualquiera sea la lista o listas donde figuren. En caso de empate entre dos o más listas que hayan obtenido la mayor cantidad de sufragios, y siempre que exista al menos otra lista con inferior cantidad de votos, se realizará una nueva elección en la que únicamente participarán esas listas. La nueva elección se realizará a los 14 días de celebrado el acto eleccionario en el que se produjo el empate. En caso de persistir el empate se resolverá por sorteo. Si para integrar la representación de la minoría resultaren varios candidatos con igual número de votos, el Tribunal Electoral de la Provincia sorteará cuál o cuáles de entre ellos deben ser proclamados".
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