Procedimientos de acreditación para observadores nacionales —
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Procedimientos de acreditación para observadores nacionales

Procedimientos de acreditación para observadores nacionales

Julia Almaraz, ACE Facilitator, April 16. 2010

 

 

 

Consolidada originalmente en inglés por Stina Larserud (Facilitadora)

Pregunta original:

 

Esta pregunta fue formulada por Tim Meisburger, quién es miembro de la Red de Profesionales ACE. Para ver su perfil, por favor haga click en la liga correspondiente que se ubica a la izquierda de la página.

 

La Comisión Electoral del país en el que estoy trabajando actualmente está tratando de establecer procedimientos para la acreditación de observadores nacionales. Algunos asesores han sugerido que la Comisión examine y acredite a cada observador de una organización en lo individual, mientras yo creo que tiene más sentido que se acredite a las organizaciones y que sean ellas las que se encarguen de darles una identificación a sus observadores. Con esto se lograría que fueran las organizaciones y no la autoridad las responsables de la neutralidad de los observadores. Además, como la mayoría de los observadores se identifican hasta la víspera de la elección el hecho de que la Comisión tenga que emitir acreditaciones individuales le impone una carga de trabajo adicional en un momento en que se encuentra muy ocupada en los preparativos de la elección. Agradecería su opinión sobre la práctica que puede resultar más recomendable y algunos ejemplos de leyes o regulaciones que describen el proceso de acreditación para las organizaciones nacionales de observadores.

 

Respuesta consolidada:

 

La pregunta de si el organismo electoral debe acreditar a los grupos de observación o a los observadores en lo individual se puede desagregar en al menos cinco interrogantes.

¿Cuál es la capacidad logística del organismo electoral para acreditar a los observadores?

 

Es claro que acreditar a los observadores en lo individual le impone al organismo una carga más pesada en términos de tiempos y costos. Por tanto, es necesario considerar esas limitantes antes de decidir que tipo de acreditación utilizar. Si se opta por acreditar a los observadores en lo individual, es posible aligerar la carga del organismo electoral a nivel central transfiriendo el proceso a sus oficinas regionales o municipales.

 

¿Cuál es la responsabilidad del organismo electoral con los votantes?

 

La razón de que el organismo electoral provea algún tipo de acreditación específica es que la observación de algunos aspectos del proceso electoral demandan el acceso a lugares donde el número de personas presentes tiene que ser limitado para asegurar su administración fluida y eficiente, como por ejemplo los sitios de votación y registro, los centros de escrutinio y la transportación de materiales sensibles.

 

Es responsabilidad del organismo electoral asegurar que los electores puedan votar libremente y que el escrutinio sea realizado de manera segura sin que medie intimidación u obstrucción de nadie, incluyendo los observadores. Por lo tanto, es vital que los procesos de acreditación y despliegue se realicen de tal forma que se minimicen los efectos negativos que puedan tener en los electores –asegurando que, por ejemplo, el número de observadores en ciertos lugares no sea excesivo, que porten sus acreditaciones y que los observadores conozcan la legislación y el código de conducta que los rija antes de la jornada electoral. Si se toma la decisión de no acreditar a cada observador en lo particular, es posible exigir que los grupos le envíen al organismo electoral listas de sus observadores para fines informativos y de planeación, aunque no para su aprobación.

 

¿Qué será mejor para mejorar el proceso electoral en el futuro?

 

Acreditar sólo a los grupos de observación y no permitir que participen individuos que no pertenezcan a alguno de los grupos acreditados, le facilitará al organismo electoral tener un panorama de las metodologías utilizadas. Además, será más probable que los reportes derivados de las misiones de observación lleguen más fácilmente al organismo electoral y que sean estructurados de tal forma que se les pueda utilizar para realizar revisiones y mejorar en el proceso electoral.

 

¿Cuál es la responsabilidad del organismo electoral con los observadores?

 

La legislación de muchos países permite que los observadores realicen sus actividades de manera libre y sin que se impongan restricciones innecesarias. Cualquier proceso de acreditación corre el riesgo de limitar esa libertad y, por consiguiente, es necesario que esas limitaciones se mantengan en niveles razonables y aceptables. Si se acredita a los observadores en lo individual se pueden generar percepciones o sospechas de una selección más arbitraria o subjetiva que si se establecen objetivos comunes para la acreditación de los grupos.

 

¿Quién es responsable por transgresiones a las normas o códigos de conducta?

 

Si los observadores se acreditan a través de las organizaciones, en algunos casos se ha recomendado que las sanciones por transgresiones a las normas sean imputables a las organizaciones que los acreditaron y no solo a los observadores en lo individual. Esta es una forma de asegurar que la organización asuma plena responsabilidad de las acciones de los observadores que acredita. Además, dependiendo de la legislación del país, puede ser más fácil emprender acciones contra los grupos que contra los individuos. Sin embargo, también se ha sugerido que esta forma de sanción suele ser desproporcionada y que es preferible encontrar fórmulas para facilitar el control de los observadores por parte de sus respectivas organizaciones –a través de programas de información o capacitación, de la suscripción de códigos de conducta.

 

 

Ligas con la Enciclopedia ACE y otras fuentes de información adicional:

 

 

Cita de la Enciclopedia ACE sobre Acreditación de observadores:

 

"Los observadores pueden funcionar de manera más efectiva si son acreditados formalmente por la autoridad electoral. La acreditación les brinda acceso a los recintos electorales. Pueden surgir problemas de integridad si los requisitos y procedimientos de acreditación son utilizados para limitar el número de observadores o para negar el acceso a ciertos grupos de observadores. Si el procedimiento es muy complicado y no puede ser concluido antes de la jornada electoral, o si es selectivo, el proceso puede perder credibilidad y el organismo electoral será acusado de querer ocultar algo".

 

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