DESDE EL VIERNES 22 REGIRÁ “LEY SECA” POR NUEVAS ELECCIONES DE LIMA —
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DESDE EL VIERNES 22 REGIRÁ “LEY SECA” POR NUEVAS ELECCIONES DE LIMA

De acuerdo con normativa vigente, señala JNE DESDE EL VIERNES 22 REGIRÁ “LEY SECA” POR NUEVAS ELECCIONES DE LIMA En tanto, los cierres de campaña se efectuarán hasta el jueves 21 y desde el sábado 23 queda restringida la propaganda política De conformidad con la normativa vigente, desde las cero horas del próximo viernes 22 regirá la denominada “Ley seca” por las Nuevas Elecciones Municipales de Lima Metropolitana del domingo 24 de noviembre, informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). La medida, contemplada en el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), establece que desde 48 horas antes del día de la votación, hasta el mediodía del día siguiente a las elecciones, se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas de toda clase y se cierran los establecimientos dedicados a este rubro. Otras restricciones Asimismo, hasta el jueves 21 se podrán efectuar los cierres de campaña electoral, puesto que el artículo 190 de la misma ley, indica que dos días antes del sufragio se prohíbe las reuniones o manifestaciones de carácter político. Según el artículo 390 de la LOE, las infracciones a ambas normas se sancionan con pena privativa de la libertad no mayor de seis meses y pena de multa no menor del diez por ciento del ingreso mínimo vital multiplicado por treinta días multa más pena accesoria de inhabilitación, por igual tiempo que la condena, de conformidad con el Código Penal. En tanto, a partir del sábado 23 se deberá suspender toda clase de propaganda política. La violación de dicha restricción, cualquiera que sea el medio empleado, es sancionada con pena privativa de la libertad no menor de dos años. La Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE y los 11 Jurados Electorales Especiales habilitados para el proceso electoral vienen fiscalizando el cumplimiento de la legislación electoral. Corresponderá al Ministerio Público formalizar la denuncia contra los transgresores de las normas señaladas. En el día Del mismo modo, desde las cero horas del sábado 23 hasta 24 horas después de los comicios, los electores están prohibidos de portar armas. Los días sábado 23 y domingo 24 no pueden ser apresados los miembros de mesa, los personeros y los electores aptos para sufragar, salvo flagrante delito. Igualmente, el día de las elecciones están prohibidos los espectáculos populares, funciones teatrales, cine, reuniones públicas, oficios religiosos durante las horas del sufragio.

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