JNE DECLARA INFUNDADA APELACIÓN PRESENTADA POR PERSONERO DE VILLARÁN
Caso fue visto hoy en audiencia pública JNE DECLARA INFUNDADA APELACIÓN PRESENTADA POR PERSONERO DE VILLARÁN Se consideró que el Tercer Jurado Electoral Especial de Lima Oeste aplicó correctamente el Reglamento de Actas Observadas El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundada la apelación presentada por Juan Manuel Velarde Pairazamán, personero legal de Susana Villarán De la Puente, en contra de lo resuelto por el Tercer Jurado Electoral Especial de Lima Oeste, con sede en Surco, en el extremo que anuló la votación obtenida por la alcaldesa de Lima. De acuerdo al supremo tribunal electoral, el mencionado órgano de primera instancia aplicó correctamente la ley y el Reglamento de Actas Observadas. Se indica que el artículo 4, numeral 4.II.2 de la referida norma establece que “si el resultado de la suma de votos, en el caso de una de las autoridades en consulta, excede a su vez, al total de ciudadanos que votaron, se anula la votación de dicha fila y se considera como total de votos nulos para dicha autoridad, la cifra que corresponde al total de ciudadanos que votaron”. En el presente caso, revisado hoy en audiencia pública, el error advertido consiste en que la cantidad de ciudadanos que votaron (109) es menor a la suma de los votos consignados para la fila de la alcaldesa (119), por lo que ante tal incongruencia el Tercer Jurado Electoral Especial de Lima Oeste aplicó el procedimiento establecido. Suscribieron el documento el titular del JNE, doctor Francisco Távara Córdova, y los integrantes del Pleno: doctores José Pereira Rivarola, Baldomero Ayvar Carrasco, Luis Legua Aguirre y José Velarde Urdanivia.
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