Uruguay
Descripción del Sistema Electoral
(Cortesía de Guía Electoral de IFES, Constitución Uruguaya y Ley Electoral N° 7.812 modificado por la Ley N° 17.113)
El Presidente es elegido por voto popular para un mandato de 5 años. En la cámara de Senadores 30 miembros son elegidos por voto popular para un período de 5 años. En la Cámara de Representantes, 99 miembros son elegidos por voto popular para un período de 5 años.
En Uruguay, solo las personas mayores de 18 años y debidamente registradas en el Registro Civil pueden ejercer su derecho al voto. El voto es secreto y obligatorio (Art. 77 de la Constitución).
Las siguientes son posiciones de elección popular (Arts. 77-151-262 de la Constitución; Art. 3 de la Ley N° 7.812):
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El Presidente y el Vice-Presidente de la República
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Senadores y miembros de la Cámara de Representantes
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Intendentes Municipales
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Juntas Departamentales
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Juntas Locales Electivas
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Juntas Electorales
El Presidente y el Vice- Presidente son elegidos por el sistema mayoritario con segunda vuelta electoral; los Intendentes Municipales son elegidos por el sistema mayoritarío puro (Art. 151 de la Constitución). Los Senadores y miembros de la Cámara de Representantes son elegids usando el sistema de representación proporcinal. Finalmente, la elección para las Juntas Departamentales utiliza el sistema de Representación minoritario (Arts. 262-272 de la Constitución).
Las listas de votación son cerradas y bloqueadas, y las elecciones nacionales y departamentales son en diferentes fechas. Las circunscripciones son únicas para todos los cargos con excepción de la Cámara de Representantes. La Constitución es nacional para el Presidente, Vice-Presidente y Senadores electos. Para las elecciones de los Intendentes Municipales y los miembros de la Cámara de Representantes, las circunscripciones departamentales son 19[1].
La Justicia Electoral en Uruguay está constituída por una Corte Electoral que se encarga de (Art. 322 de la Constitución):
- Estar informado de todo aspecto relativo a actos y procedimientos electorales.
- Ejercer la supremacía (Directiva, disciplinaria y económica) acerca de todos los órganos electorales.
- Decidir en última instancia, acerca de todas las apelaciones o reclamos producidos; y ser juez de todas las elecciones y de posiciones a elegir, además del plebiscito y el referendum.
Además, el sistema electoral en Uruguay tiene órganos electorales subordinados como las Juntas Electorales, las cuales tienen oficinas en la capital de cada departamento. También, existen las Juntas Receptoras de Votos que son órganos temporales (Ley Electoral N° 7.812).
Finalmente, la Ley del 9 de Enero de 1925, la cual organizó el Registro Nacional de Estado Civil, creó la Oficina Nacional Electoral y la Oficina Departamental Electoral. Ambas son oficinas electorales administrativas, que se encargan de la organización, clasificación y depuración del Registro Civil Nacional y de la custodia del Archivo Nacional Electoral y los archivos Departamentales, respectivamente.
[1] Aguirre, Pedro (Coord.): “Sistemas Políticos y Electorales: Uruguay” by Electoral Federal Institution (IFE), 2000, pp. 13-15
Radiografía del Sistema Electoral
(Cortesía de International IDEA)
*Click en los links para las definiciones
Sistema Electoral de Legislatura Nacional |
List PR |
Tipo | PR |
Niveles | 1 |
Tamaño de la Legislatura (Voto directo a los miembros) | 99, 99 |
Sistema Electoral para Presidente |
TRS |
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Organismos Electorales
(Cortesía del Jurado Nacional de Elecciones)
- Presidente: Dr. Carlos Urruty Navatta
Teléfono: (5982) 915-9123/ 915-9560
Elecciones Actuales
(Cortesía del Jurado Nacional de Elecciones y de la Constitución Política de Uruguay art. 77)
El 25 de Octubre del 2009 se llevó a cabo el proceso de elecciones
generales (presidenciales congresales y miembros de las juntas electorales departamentales ) en la República Oriental del Uruguay.
Adicionalmente, se votaron dos plebiscitos de reforma constitucional, uno para anular la Ley de Caducidad y otro para habilitar el voto de los uruguayos residentes en el exterior.