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Discriminación Legal por Discapacidad Mental

La legislación electoral de muchos países contiene disposiciones que limitan el derecho al voto de personas con desórdenes psiquiátricos. El criterio difiere significativamente de un caso a otro. En algunos países, las personas que han sido calificadas como mentalmente insanas por resolución judicial u orden de un juez no pueden votar. En otros, el derecho al voto se pierde cuando juez designa a un tutor legal. Incluso en otros países el derecho se pierde cuando alguien es recluido en alguna institución psiquiátrica o cuando “se sabe que alguien tiene problemas mentales”. No hay normas generales que rijan estas disposiciones, que parecen subordinadas a percepciones estereotipadas o caducas de desórdenes mentales.
En consulta con expertos mundiales en los campos de la discapacidad, de la legislación y de la práctica electoral y conforme a normas internacionales de derechos humanos, IFES e IDEA Internacional han desarrollado una “carta sobre los derechos electorales para las personas con discapacidades”, en la que se sostiene que la ley electoral no puede discriminar a los individuos con discapacidades intelectuales o psiquiátricas. Más aún, en la carta se establece que no se puede emplear ningún examen de habilidades para privar a un individuo o grupo del derecho al voto, a menos que esa prueba sea aplicada a todos y cada uno de los ciudadanos.

Para mayor información consulte: www.electionaccess.org/rs/Discussion_Paper.htm


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