Discriminación Legal por Discapacidad Mental
La legislación electoral de muchos países
contiene disposiciones que limitan el derecho al voto de personas con desórdenes
psiquiátricos. El criterio difiere significativamente de un caso a otro. En
algunos países, las personas que han sido calificadas como mentalmente insanas
por resolución judicial u orden de un juez no pueden votar. En otros, el
derecho al voto se pierde cuando juez designa a un tutor legal. Incluso en
otros países el derecho se pierde cuando alguien es recluido en alguna
institución psiquiátrica o cuando “se sabe que alguien tiene problemas
mentales”. No hay normas generales que rijan estas disposiciones, que parecen
subordinadas a percepciones estereotipadas o caducas de desórdenes mentales.
En consulta con expertos mundiales en los campos de la discapacidad, de la
legislación y de la práctica electoral y conforme a normas internacionales de
derechos humanos, IFES e IDEA Internacional han desarrollado una “carta sobre
los derechos electorales para las personas con discapacidades”, en la que se
sostiene que la ley electoral no puede discriminar a los individuos con
discapacidades intelectuales o psiquiátricas. Más aún, en la carta se establece
que no se puede emplear ningún examen de habilidades para privar a un individuo
o grupo del derecho al voto, a menos que esa prueba sea aplicada a todos y cada
uno de los ciudadanos.
Para mayor información consulte: www.electionaccess.org/rs/Discussion_Paper.htm
