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Modelo independiente
El modelo independiente de OE existe en aquellos países
donde las elecciones son organizadas y administradas por un organismo que es
institucionalmente independiente y autónomo de la rama ejecutiva del gobierno y
que administra su propio presupuesto. Dentro del modelo independiente, el OE no
depende ni le rinde cuentas a un ministerio o departamento del gobierno. Puede estar
sujeto a un proceso de rendición de cuentas ante el poder legislativo o el
judicial. Los OE que cuentan con un modelo independiente pueden contar con
varios grados de autonomía financiera y rendición de cuentas, así como varios
niveles de responsabilidad. Se componen por miembros que se encuentran fuera
del ámbito de acción del poder ejecutivo, durante el periodo que estén en el OE.
Muchas democracias emergentes han escogido el modelo independiente de administración
electoral.
Algunos ejemplos de países con el modelo independiente
para 2006 son:
Indonesia
Liberia
Mauritania
Nigeria
Polonia
Sudáfrica
Tailandia
Timor Oriental
Uruguay
Armenia
Australia
Bosnia y Herzegovina
Burkina Faso
Canadá
Costa Rica
Estonia
Georgia
India
En algunos
países se establecen dos instituciones u organismos para la administración de las elecciones, ambos son independientes del ejecutivo y puede considerarse OE
independientes. Es muy probable que uno de estos tenga la responsabilidad de
las decisiones políticas relacionadas con los procesos electorales, y el otro
que sea el responsable de conducir e implementar el proceso electoral. Pueden
existir regulaciones que aíslen al OE de la influencia de la política en el
personal y las áreas operativas. Algunos ejemplos de estas estructuras “dobles –
independientes” son:
Jamaica
Rumania
Surinam
Vanuatu
¿Qué es, qué puede ser y qué no es un OE con modelo independiente?
Atributos
esenciales de un OE con modelo independiente:
- Es institucionalmente independiente de la
rama ejecutiva del gobierno
- Ejerce completa responsabilidad sobre su
operación
- Tiene cumplir con ciertas obligaciones de gobernabilidad
- Tiene atribuciones para tomar decisiones de
manera independiente, dentro del marco legal
- Está integrado por miembros que no pueden
pertenecer al poder ejecutivo, durante el tiempo que sean parte del OE
- Sus miembros tienen la seguridad de
permanencia en el cargo
- Cuenta con y administra su propio presupuesto
de forma independiente al control gubernamental ordinario.
- Tiene autonomía para determinar sus
necesidades de personal, sus reglas y sus políticas.
Posibles
atributos de un OE con modelo independiente
- Puede ser una entidad legal que, por derecho
propio, puede demandar y ser demandado (por ejemplo Azerbaján, Kenia y
Lituania) o puede no ser una entidad legal (Botswana y Namibia).
- Generalmente es responsable ante la
legislatura, el poder judicial o el jefe de estado.
- Puede contar con distintos niveles de
autonomía y responsabilidad financiera.
- Puede gozar de autonomía financiera en tanto
que diseña su propio presupuesto y recibe y aplica los recursos públicos con la
mínima participación de la rama ejecutiva del gobierno.
- Puede tener niveles variables de
responsabilidad en su desempeño.
- Generalmente cuenta con atribuciones para
desarrollar, con cierta independencia pero en el marco de la ley, un esquema regulatorio
en material electoral.
- Generalmente cuenta con amplias atribuciones
y funciones para la instrumentación electoral.
- Puede tener atribuciones para contratar,
despedir y sancionar a su propio personal.
- Puede tener atribuciones para establecer sus
propios procedimientos en materia de adquisiciones y contabilidad.
- Sus miembros pueden ser “expertos”, sin
filiación ni alineación política. Su periodo de duración en el cargo puede ser
fijo.
- Puede tener un presupuesto separado al de la
legislatura.
- Puede recibir recursos del ejecutivo o de la
comunidad de donantes.
- Puede tener acceso a personal del servicio
público.
¿Qué
no es un OE con modelo independiente?
- No forma parte de la estructura de un
departamento de Estado y/o gobierno local.
- No está por encima de la Constitución o de la
Ley.
- No es formalmente responsable ante la rama
ejecutiva del gobierno.
- No está exento de obligaciones políticas,
financieras y de desempeño relacionadas con los principios de buen gobierno.
- Su presupuesto no forma parte de un
ministerio de gobierno.
- Su personal no necesariamente proviene de
servicio público.