Elecciones y DiscapacidadesBrindándoles la Oportunidad de Votar a los Ciudadanos con DiscapacidadTodos los votos cuentan. El voto secreto es el pilar de la democracia. El derecho al voto es universal. Estos son los fundamentos de los derechos electorales y algunas de las frases que motivan, inspiran incluso, a los oficiales electorales, que en muchos países tienen que hacer frente a desafíos monumentales en su empeño por conducir elecciones libres y justas. Sin embargo, no es inusual que en muchas elecciones los mejores esfuerzos rara vez lleguen al punto de facilitar el voto de los ciudadanos con discapacidades. A lo largo de los últimos cinco años, como parte de su Iniciativa Global para el Voto de los Ciudadanos con Discapacidades, IFES ha aprendido que los derechos electorales de los ciudadanos con discapacidades pueden ser reconocidos y asegurados, incluso en los ambientes electorales más complicados. Con financiamiento procedente sobre todo de Finlandia y Suecia, IFES ha trabajado con organizaciones comunitarias de discapacitados, organismos electorales nacionales y con organizaciones internacionales especializadas en la promoción de la democracia en la promoción de los derechos electorales de los ciudadanos con discapacidades físicas, sensoriales, mentales y psiquiátricas. Con este trabajo se estrenó la serie “Temas complementarios" y contiene las siguientes secciones:
Discriminación Legal por Discapacidad MentalLa legislación electoral de muchos países contiene disposiciones que limitan el derecho al voto de personas con desórdenes psiquiátricos. El criterio difiere significativamente de un caso a otro. En algunos países, las personas que han sido calificadas como mentalmente insanas por resolución judicial u orden de un juez no pueden votar. En otros, el derecho al voto se pierde cuando juez designa a un tutor legal. Incluso en otros países el derecho se pierde cuando alguien es recluido en alguna institución psiquiátrica o cuando “se sabe que alguien tiene problemas mentales”. No hay normas generales que rijan estas disposiciones, que parecen subordinadas a percepciones estereotipadas o caducas de desórdenes mentales. En consulta con expertos mundiales en los campos de la discapacidad, de la legislación y de la práctica electoral y conforme a normas internacionales de derechos humanos, IFES e IDEA Internacional han desarrollado una “carta sobre los derechos electorales para las personas con discapacidades”, en la que se sostiene que la ley electoral no puede discriminar a los individuos con discapacidades intelectuales o psiquiátricas. Más aún, en la carta se establece que no se puede emplear ningún examen de habilidades para privar a un individuo o grupo del derecho al voto, a menos que esa prueba sea aplicada a todos y cada uno de los ciudadanos. Para mayor información consulte: http://www.electionaccess.org/en/resources/publications/458/ Discriminación Legal por el Principio de Secrecía del VotoEl derecho a votar en secreto es un fundamento de la democracia y como tale s reconocido casi por todas las naciones mediante su adhesión al Convenio Internacional sobre Derechos Políticos y Civiles (CIDPS). La secrecía del voto es un principio que posiblemente garantizan todas las leyes electorales del mundo. Sin embargo, en la práctica electoral de casi todos los países ocurre que el ciudadano con ceguera depende de otra persona para emitir su voto. La lógica dice que un secreto entre dos no es un secreto. Si todos los ciudadanos tuvieran el mismo acceso al proceso electoral, entonces todos los procesos deberían incluir procedimientos que le permitieran a los ciudadanos con ceguera votar en secreto. Resulta increíblemente sencillo lograr que así ocurra. En algunos países que utilizan papeletas para votar se han creado guías para ayudar a los electores con ceguera a marcar su papeleta de manera autónoma. En muchos casos, esta guía es un fólder en el que se inserta la papeleta ordinaria, con hoyos que corresponden a los recuadros o círculos de las distintas opciones que se pueden marcar. El fólder contiene marcas -en algunos casos Braille, en otros una línea o sección resaltada- que le ayudan al elector a recorrer el fólder. Algunos organismos electorales utilizan cassettes como apoyo complementario para el uso del fólder. En http://www.electionaccess.org/en/resources/voter-education/tactile-ballot-guides/467/ puede usted encontrar un ejemplo de guía para el marcado de papeletas de México. En los países que utilizan sistemas de votación electrónica, se pueden utilizar marcadores en Braille de manera exclusiva como en Brasil o en combinación con sintetizadores de voz. Estos dispositivos se están generalizando en los Estados Unidos, donde la ley federal exige que todos los sistemas de votación sean accesibles a los electores con ceguera o discapacidad a más tardar en 2006. Eliminando Barreras para los Electores con Limitaciones de MovilidadLas autoridades electorales no imaginarían instalar una mesa de votación en la cima de una montaña escarpada, alejada del poblado más cercano. Sin embargo, para un elector de edad avanzada o en silla de ruedas, la instalación de una mesa de votación en un segundo piso es tan inaccesible como esa montaña. A medida que un mayor número de ciudadanos busca ocupar su lugar en la sociedad, las instituciones públicas necesitan poner en práctica estrategias que sean incluyentes y promuevan una participación plena e igualitaria. Al seleccionar los sitios donde se van a instalar las mesas de votación, las autoridades deben prever que existan facilidades de acceso de la calle al recinto y a lo largo de su interior hasta las mesas de votación. Las mesas y urnas deben estar ubicadas a una altura que esté al alcance de personas que usen sillas de ruedas. Como mínimo indispensable, las mesas de votación deben estar en la planta baja de cualquier edificio y las autoridades electorales deben convenir con las organizaciones locales de discapacitados la adopción de reglas para seleccionar los recintos de votación. Muchos países industrializados han desarrollado guías para el diseño de recintos de votación y es común que cuenten con rampas permanentes o temporales para facilitar el acceso. También se está volviendo más común instalar mesas de votación en asilos para adultos mayores, en hospitales y en otras instalaciones donde suele reunirse gente de edad o con discapacidades. Algunos países en desarrollo ya han empezado a tratar el tema de la accesibilidad a los recintos de votación. El mejor de estos esfuerzos puede iniciar con un compromiso para que la votación siempre tenga lugar en la planta baja de las instalaciones seleccionadas y para que existan rampas de fácil acceso. Para información sobre guías para seleccionar sitios de votación en los Estados Unidos, puede consultar www.gao.gov/new.items/d02107.txt
Monitoreo de las Elecciones por Ciudadanos con DiscapacidadesDesde 2000, IFES ha trabajado con organizaciones con discapacitados en once países para capacitar a más de 1,300 ciudadanos con discapacidades para que se desempeñen como observadores electorales. Estos esfuerzos han contribuido a procesos de reforma electoral en la medida en que los ciudadanos con discapacidades se familiarizan con el proceso electoral y se convierten en colaboradores informados de las autoridades electorales. En países tan diversos como Albania, El Salvador y Ghana, los grupos de discapacitados han desarrollado esfuerzos de colaboración y adoptado acuerdos formales con las autoridades electorales, que se han traducido en reformas. Por ejemplo, como resultado directo de ejercicios de observación electoral, las autoridades electorales de Albania y El Salvador determinaron que solo se instalaran mesas de votación en plantas bajas. En Ghana, las autoridades electorales aceptaron desarrollar y realizar pruebas piloto con guías de votación para electores con ceguera. El monitoreo electoral por ciudadanos con discapacidades puede también provocar un cambio en la actitud de la opinión pública sobre los derechos y habilidades de personas con discapacidad y en relación a su capacidad para cumplir un papel positivo en el diseño de una sociedad democrática. En http://www.electionaccess.org/en/resources/voter-education/videos/430/ y en http://www.electionaccess.org/en/resources/publications/165/ puede usted encontrar reportes sobre actividades de monitoreo electoral en Timor-Leste e Indonesia respectivamente. Normas Internacionales EmergentesEl Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos establece parámetros claros para las leyes y prácticas electorales en el mundo. En los últimos años, IFES e IDEA Internacional han emprendido un esfuerzo para desarrollar normas internacionales de acceso electoral para ciudadanos con discapacidades. La participación de representantes de organizaciones de discapacitados a nivel global y nacional, de organismos electorales regionales y nacionales y de agencias multilaterales que promueven la democracia y los derechos humanos han sido claves para emprender este esfuerzo. Una buena parte de este trabajo ha sido financiado por la Agencia Sueca de Cooperación para el Desarrollo Internacional. En septiembre de 2002, IFES e IDEA Internacional organizaron una reunión de cuatro días en Sigtuna, Suecia, en la que participaron aproximadamente 45 representantes de organizaciones de discapacitados, organismos electorales, parlamentos y agencias internacionales para elaborar y aprobar una “carta de derechos electorales para personas con discapacidades” y una serie de directrices consecuentes para los organismos electorales. La “carta de derechos electorales” está disponible en varios idiomas, incluyendo inglés, francés, español, bosnio, macedonio, serbio, albano y bahasa indonesio en http://www.oldsite.idea.int/elections/loader.cfm?csmodule=security/getfile&pageid=7665 Estas directrices abordan varios temas clave como los derechos electorales y la competencia; las normas electorales para ayudar a la votación y los estándares electorales para la votación móvil. La Unión Interparlamentaria y expertos en discapacidades y elecciones están actualmente colaborando, junto con IFES e IDEA, en la fase II de este esfuerzo para desarrollar un modelo de disposiciones legales que aseguren la plena participación electoral de los electores con discapacidades. Se puede obtener un borrador de estas disposiciones contactando al asesor de IFES en derechos humanos, Jerry Mindes, en [email protected]. Vínculos relevantes para Elecciones y DiscapacidadesLigas con Organizaciones de DiscapacitadosMuchas leyes electorales han sido escritas por personas que suponen que saben que es lo mejor para electores con discapacidades. Con mucha frecuencia, esto se traduce en disposiciones legales que perpetúan los estereotipos sobre las discapacidades y tratan a las personas con discapacidades como ciudadanos de segunda clase. Para poner fin a estas insuficiencias, se invita a los organismos electorales a realizar consultas periódicas y abiertas con organizaciones y personas con discapacidades y a buscar sus opiniones para el diseño de programas públicos en esta materia, para el diseño de papeletas y para el establecimiento de criterios de selección de los sitios de votación. Las siguientes organizaciones globales sobre discapacidades tienen afiliados en muchos países.
Portales en Internet con Información en Elecciones y Discapacidades
La revista bilingüe (inglés y francés) “Electoral Insight”, publicada por Elections Canada, tiene un número especial sobre Persons with Disabilities and Elections (Personas con discapacidades y elecciones) (Vol. 6 No.1 Abril 2004) (PDF) ColaboradoresJerry Mindes encabezó la iniciativa mundial de IFES de conceder el derecho del voto a las personas con discapacidades y guió el trabajo de IFES en el plano más amplio de los derechos humanos y las elecciones. El señor Mindes es un reconocido experto en asuntos que afectan el avance político, social y económico de las personas con discapacidades en los países en vías de desarrollo, habiendo trabajado directamente en más de 15 países. |