En casi todos los casos, los ciudadanos que desean votar deben primer asegurarse de que están registrados como electores elegibles. Pero, ¿qué implica estar registrado?
El criterio más común de elegibilidad es la edad. La gran mayoría (86%) de los países han seleccionado los 18 años como edad para votar. Cinco países (3%) han incluso, establecido los 16 años (Austria, Brasil, Cuba, Nicaragua, Somalia), y en cuatro casos adicionales (2%), los 17 años (Indonesia, Corea del Norte, Sudán y Timor-Leste). Estamos más interesados en países que hayan escogido un umbral más elevado, esto es, los 20 años (8 países o el 4%: Camerún, Japón, Liechtenstein, Nauru, Marruecos, Corea del Sur, Taiwán y Túnez) o 21años (11 países o el 6%: Bahréin, Fiji, Gabón, Kuwait, Líbano, Malasia, Maldivas, Pakistán, Samoa, Singapur, Tonga). Estos son países que han resistido las tendencias a disminuir la edad para votar.
Existen algunas sorprendentes variaciones en la edad para votar. Casi todos los países de África, América y Europa, ahora establecen en 18 años o menos la edad para votar (para efectos de simplificación, combinamos esas dos categorías en nuestro análisis, aunque debe hacerse notar que hay un gran consenso en que la edad para votar debe ser los 18 años y no menor). Por el contrario, las excepciones son más frecuentes en Asia (en 7 países de los 27, la edad mínima es de 20 o 21 años) y en Medio Oriente (3 de nueve países). Las excolonias francesas y británicas, así como los países más ricos y menos democráticos, son más propensos a estar entre las excepciones menos “liberales”.
Los otros requisitos que a veces son necesarios para estar registrados son la ciudadanía (o naturalización), ciudadanía de los padres, y la residencia. Nos orientamos en aquellos casos donde la ciudadanía (o naturalización) es el único requisito. Esos países representan casi la mitad de la totalidad de los casos (44%). Esta práctica se encuentra ampliamente difundida en Europa (77% de los casos), sin embargo es muy rara en América, Medio Oriente y la región del Pacífico, así como entre las excolonias francesas, españolas y británicas. Esto sugiere que la cultura e historia inherente a esta región juega un importante rol en la definición de qué aspectos se consideran como necesarios (además de la edad) para tener el derecho a ejercer el voto.
A continuación está el aspecto de quién es el responsable del registro de los electores. Quizá la solución más lógica es delegar esta tarea en el organismo electoral. Esta es por supuesto, la opción más popular, elegida en el 57% de los países (la segunda más frecuente es la autoridad local y la tercera se refiere a un departamento central del gobierno). Existe una gran excepción; en Europa sólo el 18% de los países se han ido con el organismo electoral. Además, el enfoque electoral abordado es utilizado con mayor frecuencia en los países más democráticos pero al mismo tiempo más pobres, así como en excolonias españolas e inglesas. Las razones de estos patrones no están totalmente claras. Sin embargo, las conclusiones sugieren que estas materias en apariencia técnicas, son tratadas de manera completamente diferentes en función de las distintas regiones y culturas.
La última pregunta a considerar es si el registro es voluntario u obligatorio. Es obligatorio en dos tercios de los países (64%). Las variaciones regionales no son tan grandes en este caso aunque persisten algunas diferencias
sustanciales. Menos de la mitad de los países africanos y muy pocas colonias inglesas tienen el registro obligatorio, aunque más de cuatro quintas partes (84%) de los países europeos requieren que sus ciudadanos estén registrados.
Las reglas para el registro de electores varían inmensamente de un país a otro, y en consecuencia no existe un patrón dominante:
- A excepción de los 18 años como edad para votar
- Es quizás en este dominio que observamos las variaciones regionales y culturales más sustanciales e interesantes.
”El registro es obligatorio en el 24% de los países considerados en este estudio.”
”La cultura e historia inherente juega un importante papel en la definición de que se considera necesario (además de la edad) para tener el derecho a ejercer el voto.

REGISTRO DE ELECTORES
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Grado de democracia
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Excolonias francesas
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Excolonias
inglesas
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Excolonias españolas
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Desarrollo Económico
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Edad para votar de 18 años o menos
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Más probable en países más democráticos
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Menos probable
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Menos probable
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Menos probable en países más ricos
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Requisitos de ciudadanía o naturalización
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Menos probable
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Menos probable
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Menos probable
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OE a cargo del registro de electores
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Más probable en países más democráticos
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Más probable
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Más probable
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Menos probable en países más ricos
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Registro obligatorio
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Menos probable
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