Los actores involucrados en la realización de los programas de voto en el extranjero y las partes que firman acuerdos formales con los países que realizan la elección suelen variar. Los acuerdos pueden ser firmados tanto por los gobiernos de los países anfitriones, como por las misiones de la ONU, por las ONG de carácter local o por otras partes interesadas.
Cuando el voto en el extranjero se lleva a cabo en varios países, los acuerdos con el país anfitrión varían de un caso a otro. Un cierto nivel de estandarización entre los acuerdos es vital para garantizar la transparencia e integridad del proceso electoral, particularmente en relación con temas sensibles como la elegibilidad del elector y el registro. Sin embargo, cuando una elección se lleva a cabo en distintos países que tienen diferentes niveles de desarrollo, pueden ser inevitables ciertas diferencias en los procedimientos y la logística.
Un ejemplo de acuerdos con el país anfitrión son los que se firmaron para la elección presidencial de 2004 en Afganistán, el programa de voto en el extranjero más grande hasta la fecha en términos del número de electores registrados y de participación electoral fuera del país de origen. El gobierno de Afganistán y la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en Afganistán (UNAMA por sus siglas en inglés) firmaron dos memorandos de entendimiento con los gobiernos de Irán y Pakistán, respectivamente.
En estos memorandos se convino que los dos países anfitriones proveerían asistencia general para el programa de voto en el extranjero, incluyendo la seguridad en los centros de registro y votación, las escoltas para trasportar los materiales electorales y la ayuda en las campañas de educación cívica y de información pública.
El papel de otras partes interesadas
A menudo, el voto en el extranjero puede ser concertado directamente entre el país anfitrión y la autoridad electoral que está a cargo de la elección. Sin embargo, en los casos donde el país de origen tiene pocas elecciones democráticas bajo su dirección o no tiene infraestructura suficiente, se puede contratar a otras instituciones o partes interesadas para ayudar en la instrumentación del programa de voto en el extranjero. La OIM ha jugado este papel en Bosnia y Herzegovina, Timor Oriental, Kosovo y recientemente en Afganistán e Iraq. Cuando se involucra a terceras partes, los acuerdos con los países anfitriones deben incluir esta participación. Además, para atender las áreas en donde hay carencias en infraestructura, sobre todo cuando el calendario de una elección es muy apretado, la participación de otras instituciones o partes interesadas puede ser una garantía importante contra cualquier posible influencia política o del gobierno de un país anfitrión. Es vital que las terceras partes sirvan únicamente como agencias ejecutantes, así como garantizar que todas las cuestiones de naturaleza política sean manejadas exclusivamente por los gobiernos. La participación de terceras partes puede aumentar considerablemente el costo de los programas de voto en el extranjero.
Directrices generales para los acuerdos con los países anfitriones
Cuando se negocian acuerdos con los países anfitriones, con el objeto de facilitar los programas de voto en el extranjero, hay algunos criterios importantes que deben ser considerados y protegidos.
El primero y más importante es que todas las partes deben garantizar la secrecía, neutralidad y transparencia del programa de voto en el extranjero, sin la injerencia ni influencia de autoridades locales o gubernamentales. Los acuerdos con los países anfitriones también deben salvaguardar la integridad de la Constitución y de las leyes electorales del país que está llevando a cabo la elección. Los programas de voto en el extranjero deben ser diseñados de tal forma que reflejen con la mayor exactitud posible las actividades administrativas del país de origen.
Además, es conveniente que los acuerdos con el país anfitrión garanticen que la participación en el programa de voto en el extranjero no afectará de ninguna manera la inclusión política, social o económica de las personas participantes dentro de su país de residencia. Algunos acuerdos para la elección de enero de 2005 en Iraq establecieron claramente que la elegibilidad para votar de cualquier persona que viviera fuera de Iraq, igual que el ejercicio de este derecho, de ninguna manera afectaría su estatus legal en el país anfitrión.
Como se ha mencionado anteriormente, también puede ser necesario que algunas secciones del acuerdo con el país anfitrión, en particular aquellas que protegen cualquier información recaba da durante el proceso, se mantengan vigentes después del vencimiento de cualquier acuerdo. Una cláusula de este tipo podría ser particularmente apropiada para proteger toda la información obtenida durante el programa de voto en el extranjero para propósitos distintos a los de la elección.
Cuando los electores en el extranjero son refugiados, los acuerdos también pueden garantizar que la participación electoral no se convertirá en un medio para forzar o adelantar la repatriación, antes de que las condiciones para el regreso sean apropiadas. Los acuerdos pueden especificar que el programa de voto en el extranjero no evitará ni retrasará la repatriación voluntaria de los refugiados que viven en el país anfitrión. Algunos de los acuerdos suscritos entre la OIM y los países que albergan refugiados iraquíes han incluido cláusulas para asegurar que se respete el principio de no repatriación, consagrado en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, que dispone que ningún Estado debe expulsar o regresar a un refugiado a un territorio en donde su vida y libertad puedan ser amenazadas por cuestiones de raza, religión, nacionalidad u opinión política.
En contraste, en el caso de Bosnia y Herzegovina en donde en buena parte el voto en el extranjero se llevó a cabo por correo, el Acuerdo de Dayton estableció la repatriación de refugiados durante el periodo electoral, determinando que “el ejercicio del derecho de votar de un refugiado debía ser interpretado como la confirmación de su intención de regresar a Bosnia y Herzegovina. Para el día de la elección el regreso de los refugiados ya debía estar en proceso, permitiendo a muchos participar en persona”. Cuando un proceso electoral define la conclusión de un acuerdo de paz (y, consecuentemente, la de los programas de asistencia humanitaria para los refugiados) existe el riesgo de obligar a los refugiados a regresar a su país de origen para votar, violando así el principio de no repatriación.
Voto en el extranjero en consulados, embajadas o vía postal
Algunos países anfitriones, como Canadá y algunos países europeos, únicamente permiten el voto en el extranjero en emba jadas y consulados o bien por vía postal. Cuando el voto en el extranjero se lleva a cabo en los consulados y embajadas del país de origen, normalmente no es necesario suscribir acuerdos con los países anfitriones. De forma similar, cuando el registro y la votación en el extranjero se realizan por correo, la necesidad de suscribir acuerdos con los países anfitriones no es apremiante. Sin embargo, los acuerdos pueden ser esenciales para garantizar alguna ayuda importante del país anfitrión.
En el caso de las elecciones de 1996 de Bosnia y Herzegovina, casi todo el registro para el voto en el extranjero se llevó a cabo por correo, y la votación se realizó mediante una combinación de voto postal y personal, dependiendo del número de refugiados dentro de cada país anfitrión. Se establecieron oficinas de coordinación en 17 países, que sirvieron para difundir la información y facilitar el registro y la votación. Estas oficinas fueron instaladas a través de una serie de acuerdos) entre el RESG y los principales gobiernos anfitriones. La naturaleza de estos acuerdos y el papel y responsab ilidades de cada país anfitrión variaron considerablemente de un caso a otro. En el Reino Unido los organismos de refugiados cooperaron para difundir información. En los Estados Unidos, una ONG, la Liga de las Mujeres Votantes, (Gallagher y Schowengerdt 1998: 206–7) asumió ese papel a través de su fondo para la educación. En Alemania, el gobierno creó y administró una oficina que facilitó el registro y la votación.