En las democracias en transición que tienen poca confianza en los procesos electorales ha habido reticencias para permitir que los ciudadanos que viven en el exterior tengan la posibilidad de votar sin la necesidad de regresar a su país para emitir su voto personalmente. Sin embargo, los países que han superado situaciones de conflicto son una excepción a esta regla, ya que consideran importante que las personas que huyeron de la guerra tengan derecho a votar. La idea es que las personas que huyeron tienen la intención de regresar y por eso se les debe dar el derecho de participar en el proceso democrático de reconstrucción. El Acuerdo de Dayton de 1995, que marcó el fin de la guerra en Bosnia y Herzegovina, especificaba que los refugiados tenían derecho a votar. En la primera elección de Bosnia y Herzegovina en 1996, los votos externos se emitieron de manera personal y la OSCE observó estas votaciones en 23 países. En elecciones posteriores, la votación externa se realizó por correo y la observación se limitó al escrutinio en los centros instalados dentro del país. En la primera elección presidencial que se realizó en Afganistán (2004), se permitió que votaran los refugiados que estaban en Pakistán e Irán (aunque no lo hicieron en las elecciones legislativas de 2005), y para las primeras elecciones de Iraq (2005) después de la guerra de 2003, se realizaron muchos arreglos para poder instrumentar el voto en el extranjero (ver estudio de caso). Sin embargo, para las elecciones de Palestina en 1996 y en 2005 no se permitió que la diáspora votara, en parte por razones prácticas y también por la falta de documentación que permitiera demostrar claramente quién era “palestino”.
Entre los aspectos que se tienen que evaluar del voto en el extranjero es muy importante determinar si la votación se lleva a cabo en:
- un entorno controlado: un lugar en donde la secrecía del voto está garantizada por la presencia de personal electoral y se pueden emitir los votos sin temor a una influencia indebida o actos de intimidación. Esto implica la emisión del voto de manera personal, en sedes que pueden ser embajadas o misiones diplomáticas del país de origen; y
- un entorno sin control: una votación sin supervisión de personal electoral y en donde no se puede garantizar la secrecía y seguridad del voto. Esta votación puede incluir: (a) voto por correo, para lo cual el elector recibe una papeleta acompañada de la documentación para votar que se tiene que regresar por correo; (b) voto electrónico (ciber-votación), a través de internet se comprueba electrónicamente la identidad y el derecho a votar de un elector y éste envía su voto por medio de un programa a una computadora central en donde será escrutado; y (c) voto por delegación de poder.
El voto por correo es el método más común de votación sin control. Aunque la votación por internet se puede volver común en el futuro (ver capítulo 10), aún no se utiliza de manera extendida para el voto en el extranjero. Votar en un entorno sin control puede ser vulnerab le a la suplantación, la intimidación y el fraude. El proceso de observación tiene que tomar en cuenta dichas posibilidades. El voto por delegación de poder se utiliza en algunos países como el Reino Unido. Sin emba rgo, la mayoría de los países consideran que el voto es un asunto personal. Los votos que se emiten en un entorno sin control generan problemas y controversias importantes referentes a la secrecía y seguridad del sufragio.
Cuando los votos externos se emiten personalmente, la capacidad para observar la votación dependerá de los recursos que se tengan. Si la votación se realiza por correo o electrónicamente vía internet, la observación es mucho más difícil