El sistema de resdistritación del Reino Unido ha operado en su forma actual, con algunas modificaciones, por unos cincuenta años. Durante este tiempo ha habido cinco redistribuciones completas: 1947, 1954, 1969, 1983 y 1995. La tarea es emprendida por cuatro Comisiones de Límites independientes, una para Inglaterra, otra para Escocia, otra para Gales y otra para Irlanda del Norte, las que sólo han sido cambiadas dos veces desde 1944.
Las comisiones son compuestas de cuatro miembros nombrados por las más importantes Secretarías de Estados. El presidente es el portavoz de la Cámara de los Comunes quien ni asiste ni participa, las reuniones son conducidas por el diputado un juez mayor en cada caso. Cada Comisión tiene asesores representando a los departamentos los cuales suministran una información vital (para Inglaterra y Gales esos son el Registrador General y el Director General de Inspección de Armamento). Las comisiones efectúan recomendaciones al Parlamento, el que puede aceptarlas o rechazarlas, pero no modificarlas. (Un secretario de estado puede modificar las recomendaciones antes de transmitirlas al Parlamento, pero esto nunca ha sucedido.)
El sistema para elegir a la cámara baja del Parlamento --la Cámara de los Comunes-- fue introducido en el siglo XIII, y este sistema fue largamente respetado por los siguientes 600 años. Cada condado y municipio fue invitado a enviar dos representantes: la fórmula fue elegida de entre las de los terratenientes, el más reciente derecho a voto de la burguesía. Cuando Escocia, Gales e Irlanda fueron incorporados, sus miembros en el Parlamento (MPs) fueron similarmente elegidos. Los cambios ocurridos al sistema son claramente un producto de tres reformas durante el siglo XIX de la extensión del derecho a voto (todos los hombres) y del electorado: Leyes de 1832, 1867 y 1885.
Antes de la gran reforma de 1832 hubo una gran variación en los distritos electorales, resultado principalmente del siglo XIX y de su urbanización industrial. Las tres redistribuciones acaecidas durante el siglo XIX redujeron estas diferencias por la remoción de asientos de los pequeños municipios y la reasignación de ellos a los condados rápidamente expandidos. Más de dos asientos de los municipios perdieron su status de separado y los nuevos distritos asignados para los condados volvieron a un solo miembro del parlamento (MPs). Con la llegada del siglo XX muchos de los MPs fueron elegidos de los distritos uninominales.
Durante el siglo XIX la redistritación fue emprendida por la Cámara de Comunes, y fue cuidadosamente construida por el gobierno para favorecer sus intereses electorales. El sistema moderno no fue introducido hasta después de la segunda guerra mundial, en parte como respuesta a los requerimientos para una redistribución durante los años 1930.
Comité Vivian Recomendaciones para la Redistribución
En 1942 época de guerra la coalición de gobierno estableció un comité ( presidido por el Registrador General, Vivian) para considerar varios aspectos del sistema electoral, incluyendo "los principios sobre los cuales cualquier esquema [redistribución] debiera estar basado. La Comisión Vivian identificó la igual representación como el principio básico para una Democracia Parlamentaria -- con distritos de igual población volviendo a un miembro por cada uno de ellos -- y una serie de cuatro características sobresalientes para ser tomadas en cuenta durante una redistribución:
- La necesidad de una cuota, o un promedio del número de electores por distrito electoral;
- La necesidad de límites de tolerancia, que indiquen el permiso de variación de población alrededor de la cuota;
- La necesidad de la continuidad de los distritos, con cambios que empiezan a ser propuestos solamente donde sean necesarias por los tanto los MPs deberían construir relaciones duraderas con sus electorados;
- La necesidad para los distritos de conformar los límites de los gobiernos locales a fin de estipular la representación de la comunidad y facilitar la organización para las elecciones (las cuales son dirigidas por los funcionarios del gobierno local.
Otra recomendación del comité sugirió un intervalo de tiempo para la redistritación y procedimientos a seguir para las cuatro comisiones independientes. Se aconsejó además que se debería tener garantizado un número mínimo de MPs, cualquiera fuera el país. Esta última materia llegó a ser el centro del debate por los siguientes cincuenta años.
Las Leyes de Redistribución de 1944 y 1958
La primera Ley de Cámara de los Comunes (Redistribución de asientos), promulgada en 1944, adoptó muchas de las recomendaciones de la Comisión Vivian. La ley puso el límite de tolerancia en una variación no mayor ni menor al 25 % de la cuota electoral. Esto garantizó la representación para Escocia, Gales e Irlanda del Norte a sus niveles en 1944, como bien indica un número máximo deseable de MPs para Gran Bretaña (por medio de eso implicando un máximo para Inglaterra). La revisión inicial de los distritos electorales parlamentarios completada en 1947, se basó en esta ley.
Antes del inicio, la revisión fue completada, de cualquier modo, los comisionados de límites reclamaron que ellos fueron incapaces de llegar al 25% del límite de tolerancia respecto de los límites de los gobiernos locales. El requisito anterior aparentemente dominó, desde que se estableció tempranamente en la Leyes que establecen las reglas. El Parlamento, de cualquier modo, determinó que el requisito "orgánico" para representar las comunidades debería tener primacía por sobre el requisito "matemático" de distritos de igual población. Ellos cambiaron la regla del 25% de desviación y la reemplazaron por una regla que establecía que los distritos electorales debían ser " lo más cercanos a la cuota electoral como fuera posible". Esta nueva regla fue puesta después y, esto fue asumido, subsidiariamente a la regla respecto de los límites de los gobiernos locales.
Las revisiones periódicas de las comisiones, fueron informadas en 1954 (la legislación de 1944 requirió entonces para ser deliberada dentro de los 5-7 años de la revisión previa). Esta consternación fue generada entre MPs y las organizaciones de partidos, desde que los distritos electorales fueron rápidamente, sustancialmente cambiados luego de su creación, contrariamente a la recomendación sobre la continuidad. Así el gobierno enmendó la ley de redistribución en 1958, extendiendo el período de tiempo entre revisiones a 10 o 15 años (desde 1992 ha sido cada 8 o 12 años).
Aunque la ley fue enmendada para tomar en cuenta los cambios mayores del gobierno local en 1970 y fue entonces consolidada dentro de uno nuevo. -- La ley de Distritos Parlamentarios de 1986-- no hubo cambios tan alejados a los principios básicos para la redistribución.
Reglas Actuales para la Redistribución
Para una completa lista de las reglas actuales para la configuración distrital, ver Election Laws or Constitutional Provisions Listing Redistricting Criteria for Selected Countries. Un resumen de las reglas que están allí son las siguientes:
- Un número mínimo de asientos garantizados para Escocia (71) y Gales (35), un máximo y un mínimo para Irlanda del Norte /16-18), y un número total de asientos para Gran Bretaña (por ejemplo Inglaterra, Escocia y Gales) que no debería ser sustancialmente excedido (613);
- Un requisito que " sea lo más practicable posible", los límites de los distritos no debieran cruzar los límites de los gobiernos locales -- aunque este requisito es menos estricto para Escocia y , especialmente para Irlanda del Norte;
- El requerimiento que cada distrito electoral sea lo más cercano a la cuota electoral como sea posible, dentro de la limitación de la regla anterior. Las Comisiones pueden partir de la regla previa para evitar disparidades en los electorados entre sus distritos electorales vecinos;
- Una declaración que las comisiones pueden apartarse de la estricta aplicación de las dos reglas previas " si consideraciones especialmente geográficas, incluyendo especialmente el tamaño, forma y accesibilidad de un distrito" hacen esto deseable;
- Una indicación que las comisiones debieran tomar en cuenta los inconvenientes que puedan ser causados, y las uniones locales que pueden ser quebradas, si ellas dan un efecto total al requisito de la "igualdad de electores".
Las reglas incluyen dos casos que dan considerable flexibilidad a:
- la Comisión puede anular los requisitos no creando distritos que crucen límites de gobierno locales designados si esto es necesario para evitar una mayor disparidad en los distritos electorales;
- el uso de "consideraciones geográficas especiales" (de tamaño, forma y accesibilidad son citadas particularmente como ejemplo para justificar la anulación de los límites del gobierno local y la igualdad de los requisitos electorales.
Un demanda legal ante la comisión de redistribución en 1982 reclamó que la Comisión produjo distritos electorales con variaciones mucho mayores que las necesarias a partir de la cuota electoral. Estos reclamos fueron rechazados en el motivo que la Comisión recomendó al Parlamento, y los tribunales deberían solamente preguntar a una comisión soberana en la muy especial circunstancia que una comisión haya actuado claramente de manera irracional. Los tribunales interpretaron de todas maneras las reglas dando primacía al " cambio mínimo " cláusula agregada en 1958.
Etapas del Proceso en la Comisión
Cada comisión opera en la siguiente forma:
1. La Comisión decide cuando iniciar una revisión periódica y anuncia esta intención. (A las cuatro comisiones no les es exigido que actuen juntas, pero lo hacen, aunque la redistribución inglesa normalmente toma más tiempo para completarla).
2. Cada Comisión calcula su cuota electoral, usando la formula de la ley de 1986: el electorado inscrito de un país el "día de la calificación" (cuando la revisión fue públicamente anunciada) es dividido por el número actual de asientos.
3. En Inglaterra, Escocia y Gales, las comisiones determinan cada unidad mayor de gobierno local "teóricamente con derecho" a asientos, dividiendo su electorado por la cuota electoral (esto no es hecho en Irlanda del Norte porque las unidades de gobierno local no están identificadas en la ley).
4. Si algunos de los " que teóricamente tienen derecho" produjeran electorados que son muy grandes o muy pequeños en relación a la cuota, las dos unidades de gobiernos contiguos pueden ser combinadas para lograr una mayor igualdad. (Esto raramente sucede).
5. El personal de la Comisión prepara un número de esquemas opcionales para los distritos en cada unidad de gobierno local. Los gobiernos locales de los distritos o barrios son siempre usados como "construcción de bloques": esto no es legalmente requerido (excepto en Irlanda del Norte) pero ha llegado a ser aceptado el modus operandi.
6. La Comisión evalúa las opciones ofrecidas y decide cual de ellas pondrá a la consulta del público como una recomendación provisional.
7. Después de la consulta pública ( véase más abajo), la Comisión evalúa la información adicional y sigue el consejo dado por el Asistente del Comisionado quien sostuvo la pregunta, y decide si modificar o confirmar sus recomendaciones provisionales. Si toma esta última opción, las propuestas provisionales llegaran a ser las recomendaciones finales: ellas son publicadas e incluidas en el informe final que se envía al Parlamento. Si la Comisión decide cambiar cualquiera de las recomendaciones provisionales (incluyendo el nombre de un distrito propuesto), de cualquier modo, los cambios son publicados y se inicia otra ronda de consulta pública.
8. Cuando todas las recomendaciones han sido finalmente hechas, los informes son propuestos al Parlamento a través del Secretario de Estado.
Para cada distrito, la Comisión ha recomendado un nombre (el cual puede estimular considerablemente en lo concerniente a lo local) ya sea para clasificarlo como " barrio" o "condado". A los candidatos les está permitido gastar mucho más dinero en las campañas en los distritos de "condados" (rural) que en los distritos de "barrios" (urbanos).
El Proceso de Consulta Pública
El proceso de consulta pública fue incluido en el proceso de redistribución en el siglo XIX, pero su origen sólo fue formalizado en la Ley de redistribución de 1944. La ley de 1958 especificó las circunstancias en las cuales una pregunta local es obligatoria. Las etapas que considera la consulta pública son las siguientes:
1. La Comisión publica sus recomendaciones provisionales para una unidad de gobierno local en uno o más periódicos de circulación en el área, y envía las noticias a todos los MPs afectados, los partidos políticos y los gobiernos locales, entregando detalles de las recomendaciones e indicaciones que pueden ser vistas en los mapas que muestran los distritos electorales recomendados . La representación es hecha dentro del mes de la publicación.
2. Después del cierre del día de la representación, si las objeciones han sido recibidas provenientes desde ya sea al menos 100 electores locales o de una autoridad electoral interesada, entonces la consulta local pública deber ser convenida. Esta es presidida por un Asistente especialmente nombrado de los Comisionados (AC), quien es invariablemente un abogado muy antiguo. Los ACs no deben tener afiliación política y en Inglaterra (aunque no sea en otra parte) ellos no deben tener detallado conocimiento del área a que ellos son asignados.
3. Antes de la pregunta o consulta, un documento es producido resumiendo las presentaciones recibidas, una lista completa de éstas y su representación hecha y de los barrios sujetos a la recomendaciones es adjuntada.
4. En la consulta local, el AC invita a aquellos que hicieron presentaciones por escrito para que efectúen proposiciones orales, donde ellos pueden ser cuestionados por el AC y sobre- examinados por aquellos otros quienes hayan hecho representaciones. Algunas de estas objeciones a las recomendaciones provisionales (principalmente provenientes de los partidos políticos) ofrecen configuraciones alternativas para uno o más distritos. Las consideraciones electorales no pueden ser discutidas, pero los procedimientos son invariablemente dominados por los partidos políticos y sus representantes (incluyendo gobiernos locales, muchos de los cuales están políticamente controlados). Ellos usan el criterio en las reglas, especialmente aquellas concernientes a las comunidades unidas y los inconvenientes del cambio, para influir en el AC para recomendar los distritos electorales a la Comisión los cuales son en su propio interés electoral.
5. Sobre la base de lo que ha sido leído y , especialmente, oído, más las visitas al lugar donde elige, el informe del AC, resume la opinión local sobre las recomendaciones provisionales, discute cualquier proposición contrapuesta presentadas para la consulta, evalúa la evidencia, y recomienda de todos modos que la Comisión debería cambiar su recomendación provisional.
Este proceso puede ser repetido, si una comisión publica las recomendaciones revisadas después de recibir el informe del AC, pero la realización de otra consulta local es rara, ya que las Comisiones no permitirán problemas completamente cubiertos también, en los procedimientos previos para ser reconsiderados. (Hubo solamente dos segundas preguntas locales en las más recientes revisiones las cuales incluyeron 83 primeras preguntas).
La Comisión puede también dirigir revisiones interinas para tomar en cuenta ya sea un gobierno local mayor o cambios sustanciales en la población. Solamente una revisión interina significativa ha sido puesta en marcha: en 1990 la Comisión Inglesa recomendó un distrito adicional para la rápida expansión del nuevo barrio de Milton Keynes.
Problemas con la Revisión del Proceso
El proceso de revisión puede consumir mucho tiempo, la última revisión tomó cuatro años para completarse en Inglaterra, con consideraciones de un condado (Devon) tomando 1.028 días para completar. Las reglas más importantes son ambiguas, con estándares que son subjetivos (tales como " lo más práctico que sea posible" ) y ninguna indicación de relativa importancia de varios criterios.
Alguno de los problemas particulares que las reglas y procedimiento crean son:
- La garantía de un número mínimo de asientos para tres o cuatro países asegura que ellos están sobre representados respecto a Inglaterra, cuya población está aumentando muy rápidamente.
- El método de cálculo de la cuota electoral produce una inclinación hacia un incremento en el número de asientos. Esto es porque los distritos electorales varían considerablemente de la cuota electoral (debido a las especiales consideraciones geográficas), son incluidas en el denominador, crecimiento probable de la asignación.
- La asignación de derechos teóricamente a áreas del gobierno local también tiende a inflar el número de asientos. Esto porque la fracción a que se tiene derecho es a menudo redondeada hacia arriba o hacia abajo.
- Las diferentes comisiones pueden darle diferente peso a los distintos criterios. Por ejemplo en la cuarta revisión, la Comisión escocesa determinó no crear cualquier asiento adicional (después el Parlamento expresó su deseo de no aumentar el número de MPs), en vista que la Comisión de Gales creó un número adicional de dos asientos, aunque Gales estaba también sustancialmente sobre representado.
- La misma comisión (especialmente la comisión inglesa, la cual ha tenido grandes tareas) puede sopesar los criterios en las diferentes áreas, dando una impresión de inconsistencia.
- El uso de los electores inscritos en vez de la población, si bien beneficia porque el electorado es contabilizado anualmente, significa que 2 ó 3 millones de personas pueden no estar incluidas en esa cifra. Las comisiones no pueden tomar esta subcuenta en cuenta cuando están asignando asientos, los cuales pueden crear desventajas a áreas con un alto número de inscripción baja (principalmente ciudades internas), no pueden ellos tomar un área de población creciente protegida dentro de la cuenta.
- El sistema de pregunta local permite a los partidos emplear varios criterios para insistir en casos en los cuales se favorecen los intereses electorales, sin ser transparentes en sus razones y a menudo usando casos muy espúreos. Así de esta manera la fuerza del apoyo puede convencer a la AC, en vez de los méritos del caso.