Los sistemas electorales mixtos tratan de combinar los atributos positivos de los sistemas de pluralidad/mayoría (o de “otros”) y de los de RP. En un sistema mixto coexisten dos sistemas electorales que utilizan fórmulas diferentes. Los electores votan y contribuyen a la elección de los representantes bajo ambos sistemas. Uno de ellos es el sistema de pluralidad/mayoría, generalmente un sistema de distrito uninominal, y el otro es uno de RP por listas.
Existen dos modalidades de sistemas mixtos. Cuando los resultados de los dos tipos de elección están vinculados, la asignación de escaños a nivel de RP depende de lo que suceda con los escaños de los distritos de pluralidad/mayoría (o de otro tipo) y sirve para compensar cualquier desproporción que ocurra con estos, al sistema se le conoce como representación proporcional personalizada (RPP). Cuando los dos componentes se aplican por separado y no guardan ninguna relación para efectos de la adjudicación de escaños, estamos en presencia de un sistema paralelo (SP). Mientras que un sistema de RPP generalmente produce resultados proporcionales, es probable que uno paralelo produzca resultados en los que el grado de proporcionalidad se ubique en algún punto entre un sistema pluralidad/mayoría y uno de RP.
Los sistemas de RPP y los paralelos han sido adoptados ampliamente por democracias emergentes de África y la antigua Unión Soviética.