Sin importar el tipo de modelo
aplicado, las restricciones
presupuestales representan una limitante global sobre el número y tipo de
puestos a cargos dentro del OE que éste puede financiar. Los OEs que se
rigen bajo el sistema de modelo independiente, que tienen atribuciones para
contratar y despedir a su personal podrían estar mejor posicionados para
determinar su propia estructura. Aún en estos casos, la ley o la normativa gubernamental
pueden haber previamente determinado los elementos claves de la estructura
organizacional, tales como los puestos ejecutivos y las divisiones funcionales
requeridas.
Todos los organismos
electorales que integran el Secretariado con funcionarios del servicio público
pueden enfrentar algunas limitaciones en términos de flexibilidad para
determinar su estructura organizacional. Las leyes y prácticas generales para
el servicio público podrían requerir de la aprobación de todas las estructuras
organizacionales de un órgano de supervisión central, o establecer estándares rígidos
sobre la forma en que deben estructurarse los departamentos, secciones,
subsecciones, y otras unidades de trabajo. Estas leyes y prácticas generales
pueden abonar algunas restricciones sobre el uso de los contratistas o expertos
no pertenecientes al servicio público. En los modelos mixtos y gubernamentales,
todo o la mayoría del personal debe llenar no solo la estructura de una
organización electoral temporal, sino que también la estructura de trabajo
permanente para su departamento u otras tareas de la autoridad
“Desarrollo”
es un término fundamental para las estructuras organizacionales de los OEs. La planeación inicial de una estructura es el
primer paso, aunque manteniendo una estructura organizacional que se apegue al
marco legal, que cumpla con los avances tecnológicos en el ámbito electoral,
informativo y de comunicaciones, y a las expectativas de los grupos de interés,
son los retos fundamentales. La flexibilidad para cumplir con estas demandas es
más difícil cuando la estructura organizacional está parcial o completamente
definida en la ley o en las regulaciones de organismos distintos a los OE, o
cuando este organismo o su personal están sujetos a las reglas del servicio
público general. Si bien los cambios organizacionales constantes son
inestables, con inclusión de revisiones estructurales en la evaluación
posterior de los principales eventos electorales, y dotar al OE con
atribuciones para efectuar cambios o adiciones a la estructura organizacional,
puede ampliar la efectividad de la administración electoral. Los OEs de modelo
independiente, que tienen el control sobre su propio personal, están mejor
posicionados para tomar ventaja de la flexibilidad estructural.