Para aquellas funciones potencialmente no relevantes, como el manejo de la logística electoral y la capacitación del personal, lo más común es que el marco legal asigne esats funciones a otra institución. En este mismo orden, cada vez es más común que las funciones de esta naturaleza sean subcontratadas por el OE – aunque esto es un tema del ámbito administrativo y no del marco legal. Las funciones que con frecuencia son asignadas por ley a una institución distinta al OE incluyen la delimitación de distritos electorales, el registro de electores, el registro y financiamiento de los partidos políticos, la resolución de controversias electorales, la certificación y anuncio de los resultados de la elección, así como los programas de educación electoral. Si estas funciones son asignadas a más de una institución, el marco legal y político necesita ser lo suficientemente claro acerca de las responsabilidades de cada institución.
Ventajas que ofrece la asignación de funciones electorales a instituciones distintas al OE:
- Pueden proteger al OE de algunas decisiones políticamente sensibles (por ejemplo el registro de partidos, delimitación de distritos electorales).
- Permite al OE concentrarse en las funciones fundamentales.
- Puede delegar al ejecución de ciertas actividades electorales a instituciones que cuentan con un nivel técnico más elevado (por ejemplo, para efectuar auditorías o delimitar distritos).
- Puede resultar en exitosas ofertas para realizar algunas funciones que para el propio organismo electoral sería difícil financiar.
- Puede ofrecer un punto de control y equilibrio sobre algunas funciones instrumentadas por el OE (por ejemplo, la resolución de disputas electorales).
Desventajas que ofrece la asignación de funciones electorales a instituciones distintas al OE:
- Otras instituciones quizás no gocen de la misma credibilidad que el OE – o quizás no están estructurados o institucionalmente protegidos–para emprender funciones electorales de manera imparcial.
- Puede presentarse faltas de coordinación y objetivos compartidos entre instituciones con distintas agendas.
- Puede adjudicar funciones electorales a instituciones que no las consideren de alta prioridad, o bien, que tengan poca o nula experiencia en el campo electoral.
- Posiblemente no sea rentable. Se puede complicar la identificación del dinero invertido en funciones electorales, para prevenir que la asignación de recursos originalmente destinados a estas funciones, se desvíe para la realización de sus propias actividades.
- Puede usarse como una herramienta para frustrar las acciones independientes de un OE, al rehusarse a acatar las instrucciones de un gobierno.