Los integrantes del órgano directivo de estos organismos electorales comprenden una combinación de candidatos provenientes de los partidos políticos. El marco legal puede facultar a los partidos políticos para contender en una elección con el propósito de que tengan representación en el OE, o bien, que esta representación puede estar restringida por algún umbral –por ejemplo, aquellos representados en la legislatura o aquellos que exceden la proporción especificada en la legislatura–. En Venezuela a mediados de la década de los 90’s, cada uno de los partidos más representativos tenían su propio representante, mientras que los partidos más pequeños de derecha e izquierda estuvieron representados colectivamente.
Las designaciones sobre una base partidista con frecuencia implican que los miembros del órgano de dirección estén laborando en el OE como representantes o agentes de los partidos políticos, y al igual que sucede con la administración imparcial de los procesos electorales, trabajen para garantizar que los intereses de los partidos que los postularon estén protegidos. Si bien cada individuo en lo particular es percibido desde el exterior como miembro de un partido político, al mismo tiempo cada uno de ellos se asegura que ninguno de los otros miembros tome alguna ventaja de su posición, así el OE, no obstante, puede percibirse como una institución imparcial. Con este tipo de designación, la persona elegida puede ocupar un cargo por un plazo determinado y no puede ser despedido con excepción de algunas causales, como, el incumplimiento de sus responsabilidades, o por remoción de la autoridad que lo nominó. Permitir a los partidos políticos el reemplazo de sus representantes de manera discrecional es una práctica potencialmente disruptiva del trabajo del OE.
En algunos países, sin embargo, las personas postuladas por el partido político para formar parte del OE, son eminentes personalidades necesarias para mantener un alto estándar de imparcialidad y profesionalismo, por tanto, no fungen como representantes de los partidos políticos dentro del OE, aunque en algunos casos no ha sido fácil incluso para estas personas mantener una conducta y desempeño imparcial.
Muchos países, especialmente aquellos que han experimentado dificultades en su proceso de transición de un liderazgo autoritario a una democracia multipartidista, han elegido este sistema de nombramiento. En tales sociedades es posible que los servidores públicos hayan sido objeto de un proceso de descrédito como responsables de la formulación de políticas debido a sus antecedentes como militantes del partido autoritario en el poder o como miembros del antiguo régimen militar. Adicionalmente, la lucha en contra del autoritarismo quizás haya polarizado a la sociedad al extremo de que sea difícil encontrar figuras públicas de amplia aceptación con etiqueta de “independientes” para trabajar en el OE para una elección transitoria. Muchos de los países de Europa Central y del Este adoptaron el sistema de OE basado en el multipartidismo durante sus procesos de transición.
Un significativo número de analistas electorales creen que con el hecho de tener representantes de partidos políticos dentro del OE se crea consenso entre los distintos actores de la contienda electoral y contribuye a aumentar el margen de transparencia, esto en conjunto nos lleva a mejorar la confianza en el proceso electoral. Los electores se pueden sentir más animados a participar en las elecciones si los líderes de su partido político están desempeñando un rol activo en el proceso electoral, específicamente a través de su representación dentro del OE.
En el otro extremo, los OE cuyos integrantes del órgano de decisión provienen de partidos políticos pueden poner en riesgo o incluso minar el proceso de toma de decisiones en situaciones donde se ponen en juego sus intereses fundamentales. La presencia de políticos dentro del OE puede minar la confidencialidad en materias tales como la seguridad de los materiales electorales. Este tipo de OE, también tienden a generar un sentimiento de insatisfacción, especialmente entre los partidos minoritarios que pueden ser excluidos de ocupar el cargo del titular debido a que no están representados en la legislatura o porque no participaron en las negociaciones que condujeron al nombramiento inicial de los miembros del órgano ejecutivo del OE.