El proceso de designación de los miembros de cualquier OE generalmente está definido dentro de la legislación electoral, y los métodos de reclutamiento y selección pueden por tanto también estar definidos en el marco legal electoral. El nombramiento puede ser emitido por el jefe de estado, un órgano judicial, el ejecutivo o en algunos casos, por los partidos políticos, y puede ser mediante un proceso de consulta o de manera unilateral. El reclutamiento y la selección pueden ser mediante nominaciones cerradas o a través de un proceso de convocatoria abierta, puede incluir alguna modalidad de pruebas públicas o privadas de integridad o mérito, puede provenir de una elección de candidatos o sólo el número de candidatos requerido. Los procesos de reclutamiento pueden estar más abiertos a un OE basado en el nombramiento de expertos que OE cuya membresía se basa completa o parcialmente en las nominaciones de candidatos de partidos políticos.