Resumen del proceso
Una vez terminado el proceso de escrutinio, el responsable del mismo prepara el acta electoral para cada urna. Asimismo se enviarán informes interinos de cada centro de escrutinio a la oficina nacional del Organismo de Gestión Electoral, de modo que se posibilite la publicación de resultados a medida que son recibidos. También se preparará el acta electoral cumulativa del centro de escrutinio
Acta electoral de cada urna
Este formulario indica los resultados del día de las elecciones y debe incluir una información general como el nombre del distrito electoral, el número de la urna y la fecha.
La información específica sobre el cómputo debe incluir:
- Número de papeletas recibidas a la apertura de las votaciones del Organismo de Gestión Electoral;
- Número de papeletas nulas;
- Número de papeletas sin usar;
- El número total de electores que votaron el día de las elecciones.
Esta información debe corresponder al formulario contable de papeletas completado en la mesa electoral. A continuación, debe registrarse el número de papeletas válidas para cada candidato, partido político u opción, el número de papeletas rechazadas y el número total de papeletas válidas. El responsable del escrutinio y los representantes de partidos políticos / candidatos / opciones firman el formulario. Junto a sus firmas, podría encontrarse la información siguiente: nombres impresos, direcciones y números de teléfono. En caso de cualquier problema, será más fácil para el Organismo de Gestión Electoral localizarlos y contactarlos. Algunas jurisdicciones requieren que firmen el acta electoral todos los que trabajan en el escrutinio que se encuentre presentes en la mesa del escrutinio.
Una copia transcrita, copia carbón o una fotocopia del acta electoral de la urna se entrega a la persona encargada de combinar los resultados en el centro de escrutinio. Se permite a los representantes de cada partido político / candidato / opción hacer sus propias copias de las actas electorales transcribiendo los contenidos. Cualquier observador electoral nacional o internacional también debe tener posibilidad de sacar una copia de los resultados o transcribirlos. El original se une a la urna en un sobre sellado.
Informes internos
Una vez escrutadas todas las urnas de un distrito electoral, los resultados deben enviarse directamente a la oficina central del Organismo de Gestión Electoral. El propósito de estos informes es permitir el Organismo de Gestión Electoral publicar los resultados a medida que estén listos. La misma información se necesita para el acta electoral cumulativa de un centro de escrutinio.
Acta electoral cumulativa del centro de escrutinio
Una vez completado el formulario del acta electoral en una urna, debe transmitirse copia a la persona encargada de combinar los resultados y crear un acta electoral cumulativa del centro de escrutinio. Será necesaria la misma información de cada urna que se añadirá al acta cumulativa.
La persona encargada de combinar los resultados transmitirá el acta electoral cumulativa en cuanto esté completa, del centro de escrutinio a la oficina nacional del Organismo de Gestión Electoral para hacer posible que la oficina nacional recoja los resultados nacionales cuanto antes. La transmisión puede hacerse por teléfono, teléfono celular, módem o fax empleando un único código de seguridad para asegurar la correcta identificación de la persona que transmite los resultados. Hay que admitir que en ciertas zonas de algunos países la infraestructura de comunicaciones no permite la comunicación oral o electrónica de los resultados electorales. En dichas localidades, la única alternativa disponible podría consistir en que un responsable de las elecciones llevara en mano el acta electoral cumulativa a la oficina nacional.
Una vez que los resultados se han comunicado oral o electrónicamente, el original del acta electoral cumulativa del centro de escrutinio debe transmitirse a mano o por mensajero a la oficina nacional del Organismo de Gestión Electoral en un sobre sellado. Esta medida es esencial para prevenir el fraude y dar evidencia de cualquier manipulación de los resultados.
La persona encargada de combinar los resultados del centro de escrutinio recibirá copia carbón o fotocopia del acta electoral de cada urna, del acta cumulativa del centro de escrutinio, así como de los informes interinos periódicos. Otra copia se anuncia en el centro de escrutinio. Debe permitirse a cualquier observador electoral nacional o internacional y a los representantes de partidos políticos / candidatos / opciones hacer su propia copia de los resultados transcribiendo la información.
Los medios de comunicación impresos o electrónicos son considerados un elemento importante en una sociedad libre y democrática, por lo que se recomienda que tengan acceso bien a los resultados del centro de escrutinio o bien a las oficinas nacionales del Organismo de Gestión Electoral donde se comunican los resultados. Ello resulta especialmente importante cuando se cuestionan la libertad y limpieza del proceso electoral. Para mantener el control sobre las personas a las que se permite el acceso al centro de escrutinio o al Organismo de Gestión Electoral, éste debe facilitar la acreditación correspondiente. Los representantes de los medios de comunicación in situ deben llevar la identificación que demuestre estar acreditados.