La legislación
electoral establece una cantidad de procesos electorales, incluyendo no sólo
los procedimientos de votación, sino también el financiamiento electoral, el
registro de candidatos y partidos políticos, la campaña electoral, la
publicidad electoral, los medios de comunicación y algunas veces los grupos de
interés. Con esta amplia gama de áreas cubiertas por estatutos y regulaciones, existe
una gama igualmente amplia de delitos posibles.
Por ejemplo, los
delitos pueden implicar ejercer influencia indebida en el voto y los resultados
de las elecciones, obstruir las operaciones electorales, no respetar los
límites establecidos de gastos o contribuciones, mostrar parcialidad como
administrador electoral, transmitir publicidad electoral durante períodos de
restricción o usar listas de electores para propósitos personales o políticos.
Las posibilidades de delitos son tan diversas como la misma gama de actividades
electorales.
La legislación a
menudo hace distinciones de acuerdo con la naturaleza y gravedad de un delito,
y también puede establecer el grado de intención requerido para encontrar a
alguien culpable. Por lo tanto, trata algunos delitos como menores y otros como
infracciones más graves. Otra distinción que hace es entre delitos graves y no
graves, donde el simple hecho de que un acto ocurrió es suficiente para
determinar la culpabilidad, así como los delitos cometidos con la intención
necesaria. Las sanciones generalmente se aplican proporcionalmente a la
naturaleza y gravedad de un delito.