Sin una supervisión eficaz de la actividad
financiera de los candidatos y los partidos, el regulador del financiamiento
político (RFP) no puede ejecutar de manera exitosa las leyes sobre
financiamiento político. La supervisión permite que el RFP determine si los
actores electorales están cumpliendo las leyes de financiamiento político,
incluyendo las restricciones en el monto y las fuentes de las contribuciones, y
los límites en los gastos. La supervisión también ayuda al RFP a garantizar que
los fondos se utilicen sólo para propósitos legítimos, relacionados con las
elecciones.
Existen tres mecanismos principales para la
vigilancia del financiamiento político:
- la divulgación y presentación de informes
financieros;
- las auditorías a los candidatos y partidos
regulados;
- las investigaciones sobre las presuntas
irregularidades y las violaciones del financiamiento político.
Divulgación
El método más básico de supervisión es la
divulgación financiera. La ley electoral debe exponer requisitos claros para la
divulgación y presentación de informes sobre financiamiento político. Debe
exigir una divulgación integral de las actividades financieras de los sujetos
regulados, en donde se especifiquen todas las transacciones que se deben
reportar. Para que la divulgación sea significativa, los actores electorales
deben elaborar registros financieros actuales que respalden sus informes y presentar
un registro de auditoría que permita revisar su actividad financiera. La
documentación útil incluye:
- la documentación de las contribuciones, tales
como copias de los cheques, órdenes de pago y registros de las tarjetas de
crédito, o las fichas de las contribuciones en efectivo y las no monetarias (en
especie); y
- la documentación de los gastos, tales como las
cuentas, facturas y/o recibos de los bienes y los servicios comprados, además
de las copias de los cheques o de los recibos de las tarjetas de crédito
utilizados para pagar estos bienes y servicios.
Auditoría
Otro método de supervisión importante es la
auditoría financiera. La cual es un análisis formal de los registros
financieros de un participante electoral para verificar la información
financiera y determinar si el participante electoral sigue las leyes de
financiamiento político. Existe una relación directa entre la veracidad de la
divulgación proporcionada por los partidos y los candidatos, así como de su
cumplimiento con la ley, y el efecto real y disuasorio de las auditorías.
Un número creciente de jurisdicciones reconoce que
las auditorías son esenciales para la ejecución del financiamiento político.
Sin embargo, las distintas jurisdicciones tienen prácticas de auditoría que
varían considerablemente en términos de la identidad del auditor, así como el alcance
y la técnica de la auditoría.
Investigación
Al desarrollar una capacidad de investigación
independiente, el RFP no necesita depender de la cooperación con otras
entidades gubernamentales. En su lugar, el mismo regulador puede identificar y
examinar las presuntas violaciones al financiamiento político y recoger
evidencias de tales violaciones para utilizarlas en los
procedimientos de ejecución.
Se puede iniciar una investigación en respuesta a
la revisión interna del RFP y a la auditoría de un partido/candidato, o puede
tener una fuente externa, tal como una denuncia externa o un informe de prensa.
Muchas jurisdicciones tienen un procedimiento de quejas que permite a los
ciudadanos reportar problemas sobre financiamiento político o presuntas
violaciones legales por parte de partidos políticos, candidatos u otros
participantes electorales. También se pueden iniciar investigaciones externas
como resultado de la información expuesta por los medios de comunicación y las
organizaciones no gubernamentales.