Cambios a la lista preliminar
Una vez que la lista preliminar ha sido recopilada y ha sido debidamente anunciada y promovida su disponibilidad entre los votantes y los partidos políticos, el siguiente paso es el de facilitar los cambios a la lista. Existen diversas razones por las cuales una lista preliminar puede requerir una revisión. Algunos electores podrán solicitar que se añadan sus nombres ya sea porque fueron omitidos en la enumeración inicial o porque no pudieron acudir en persona al centro de registro durante el periodo establecido. Algunos votantes desearán corregir información registrada o transcrita de manera imprecisa (errores en el nombre o en la dirección), o registrar su cambio de domicilio. Otros desearán que se supriman sus nombres de la lista.
Supresión de nombres
Existen ciertas razones por las que se justifica la supresión de un nombre de la lista preliminar de votantes. La evidencia podría demostrar que el votante no reúne los requisitos de ciudadanía o residencia, que caiga dentro de una de las categorías de exclusión, tales como incompetencia mental o ser un criminal convicto. Generalmente, existe un proceso judicial o semi-judicial asociado con la exclusión de un nombre de la lista, ya que sin él bien podría llevarse a cabo una exclusión fraudulenta. El votante podría haber muerto desde el momento en que su nombre fue incluido en la lista preliminar y, por lo tanto, debe ser excluido. Obviamente, el elector que ha fallecido no podrá iniciar el proceso de exclusión de la lista. Generalmente un nombre sólo debe ser borrado por el votante en persona. En el caso de fallecimiento, el nombre debe ser excluido únicamente con un documento que compruebe la defunción. Esto previene que los simpatizantes de un partido político excluyan los nombres de sus opositores.
Demandas y objeciones
La adición de nombres o la corrección de información de la lista de votantes debe mantenerse como una función administrativa tanto como sea posible, antes de convertirse proceso judicial o casi judicial. Sin embargo, es importante que los procedimientos apropiados sean observados escrupulosamente cuando se excluya un nombre de la lista preliminar. Frecuentemente un tribunal revisor, o algún órgano judicial o cuasi-judicial, tendrá la responsabilidad de conocer e indagar los casos de impugnación contra la lista preliminar de votantes, y a veces también la autoridad, en colaboración con el funcionario del registro, de alterar la lista con base en os resultados del proceso.
Muchas jurisdicciones tratan esto como parte de los deberes administrativos de las autoridades electorales y le han quitado esta atribución al poder judicial. El funcionario a cargo del registro (o su equivalente) debe garantizar que cada votante cuya elegibilidad se haya puesto en duda, al igual que las partes que hayan promovido la demanda o impugnación, sean informados de la fecha y lugar en que se llevará a cabo la audiencia o juicio de revisión. Todos tendrán derecho a estar presentes y a presentar materiales o declaraciones ante la corte. La corte de revisión será el arbitro final de todas las impugnaciones a la lista preliminar de votantes.
Se pueden agregar dos señalamientos. El primero es que si el sistema permite el registro el mismo día de las elecciones, entonces este proceso no podría aplicarse, ya que en caso de que fuera necesario una apelación, se tendría que llevar a cabo después de la elección. El segundo es que este procedimiento podría causar un gran embrollo si la lista preliminar es de mala calidad, Los procedimientos de apelación en si podrían requerir una gran celeridad bajo estas condiciones.
El registro de Sudáfrica en 1995: una ilustración
El proceso de registro de votantes utilizado en las elecciones de Sudáfrica de 1995 se caracterizó por un sinnúmero de deficiencias, incluyendo un conjunto integral y muy detallado de regulaciones estatales acerca de la presentación de impugnaciones y objeciones, que muestra el tipo de ambiente legal que puede ser utilizado para facilitar el proceso de registro (ver South Africa - Local Government Elections Regulations ).61