Varios países han adoptado leyes para garantizar una representación
más igualitaria de hombres y mujeres en las instituciones democráticas, bajo el
paradigma de la paridad, especialmente en América Latina. El principio de
paridad va más allá del enfoque de las cuotas de género y otras medidas
especiales de carácter temporal. A diferencia de las medidas especiales de
carácter temporal, las medidas de paridad no se ven como temporales, sino
permanentes, y buscan repensar la distribución del poder político en la
búsqueda del equilibrio de género y la democracia sustantiva. En estos países,
la paridad se considera un paso adicional y esencial en la construcción de
sociedades genuinamente democráticas, donde las mujeres, que representan
aproximadamente la mitad de la población, deberían poder participar plenamente
en la vida social y pública en igualdad de condiciones que los hombres, y
también deberían tener derecho a ocupar la mitad de los cargos decisorios en la
esfera política. [1]
Aunque la democracia paritaria ya había sido anteriormente reclamada
por grupos de mujeres, el concepto se defendió más tarde en la Declaración de
Atenas, adoptada en el marco de la primera Cumbre Europea de Mujeres en el
Poder en 1992, según la cual la “igualdad [de mujeres y hombres] requiere
paridad en la representación y administración de las naciones”. La declaración
contiene varios argumentos a favor de una representación igualitaria de hombres
y mujeres en el proceso de toma de decisiones: calidad de la democracia, buen
uso de los recursos humanos, satisfacción de las necesidades e intereses de las
mujeres y la mejora del proceso de elaboración de políticas. [2]
La región de América Latina ha sido particularmente activa en la
promoción de la democracia paritaria, con varios países que reconocen los
mecanismos de paridad en sus respectivos marcos legales para las elecciones,
entre ellos Bolivia (2008), Costa Rica (2009), Ecuador (2008), México (2014),
Nicaragua (2012) y Argentina (2017).[3]
La proporción de mujeres parlamentarias en las cámaras bajas o únicas de estos
países después de las últimas elecciones se encuentra entre las más altas del
mundo y representa, respectivamente, 53,1 por ciento, el 45,6 por ciento, el 38
por ciento, el 48,2 por ciento, el 45,7 por ciento y el 38,9 por ciento. [4]
En el caso de Argentina, la ley que prevé mecanismos de paridad aún no se ha
aplicado en las elecciones legislativas.
[3] Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe de
la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas
(CEPAL), según legislaciones nacionales de diferentes países. Ver: https://oig.cepal.org/es/leyes/leyes-de-cuotas