El principio guía que mejor ilustra el papel de los medios de comunicación en las elecciones es aquel que postula que sin libertad y pluralismo en los medios la democracia no es posible. Este principio ha sido subrayado en las decisiones de diferentes tribunales internacionales. En el pasado reciente también ha sido afirmado categóricamente por el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Libertad de Expresión, quien llevó el tema al punto de formular una serie de medidas que los gobiernos deben poner en práctica para garantizar la libertad de los medios de comunicación durante las elecciones (ver La Obligación de Pluralismo).
Existen diferentes dimensiones de la libertad de los medios que son relevantes en las elecciones:
- Libertad frente a la censura.
- Libertad frente a ataques o interferencias arbitrarias.
- Libertad de acceso a la información necesaria.
- Una pluralidad de voces en los medios.
La última de ellas es especialmente importante. Con frecuencia se interpreta su significado en el sentido de que los medios deben ser propiedad de una diversidad de intereses distintos, que resulte en un "mercado de ideas". Esto es importante, pero sólo es un aspecto. Para los países que van dejando atrás un gobierno autoritario, caracterizado por un férreo control estatal sobre los medios, garantizar el pluralismo dentro de los medios subvencionados públicamente puede ser igualmente importante. Esto se debe a que con frecuencia es sólo una cadena nacional de telecomunicaciones controlada por el gobierno la que tiene la capacidad de llegar a todos los segmentos del electorado.
A fin de garantizar que los medios públicos o estatales no están, en la práctica, controlados por el gobierno, puede ser necesaria una clara disposición reglamentaria. Esto constituye la paradoja central de la administración de los medios durante las elecciones - la frecuente necesidad de establecer un complejo sistema regulador a fin de permitir que los medios operen libremente y sin interferencias.
En términos generales, hay tres grandes áreas de cobertura electoral para los medios. Cada una opera de acuerdo con principios diferentes y requiere una función distinta por parte del órgano electoral de supervisión.
Cobertura editorial
Se refiere, en general, a la cobertura de todos los contenidos noticiosos, temas de actualidad y opiniones que se encuentran bajo el control editorial de los propios medios. Al margen de algunas áreas limitadas, como el reporte de resultados o las restricciones para difundir encuestas de opinión antes del inicio de la votación, la función del órgano de supervisión reside exclusivamente en facilitar la libre operación de los medios.
Cobertura del acceso directo
Existe una enorme variedad de posibles esquemas para regular la propaganda política o la cobertura de acceso directo gratuito. Esto se refiere a la porción de la cobertura electoral que se encuentra bajo control de los partidos o candidatos mismos. Puede existir la obligación de que algunas secciones de los medios divulguen ese tipo de material, pero siempre habrá una serie de condiciones que tendrán que acatar cuando así ocurra.
Los debates entre candidatos y las entrevistas en mesa redonda, que se vuelven cada vez más comunes en la cobertura de los medios, se ubican en algún lugar intermedio entre estas dos categorías y en algunos casos pueden estar sujetos a ciertas regulaciones que no son aplicables al material editorial ordinario.
Educación electoral
Esta área temática no trata en detalle los asuntos relativos a la educación electoral, a la que se le dedica toda una sección por separado (ver Educación Electoral). Sin embargo, los medios masivos pueden ser una herramienta vital no sólo para informar a los electores sobre temas y candidatos electorales, sino además para diseminar información básica sobre cómo votar y para qué sirve el voto, sobre todo en las nuevas democracias. Al igual que el acceso directo, la educación electoral estará sujeta a estrictas normas para garantizar su imparcialidad.