En algunos países la responsabilidad de administrar las elecciones puede
recaer en una rama especializada del Poder Judicial. Uruguay, por ejemplo,
cuenta con un Tribunal Electoral que administra el proceso de votación, puede
regir sobre disputas entre partidos y puede investigar impugnaciones a los
resultados de una elección. Puede asimismo, considerar las quejas relacionadas
con campañas electorales en los medios de comunicación, incluyendo los intentos
de presión para una cobertura tendenciosa de una campaña electoral.
Esto es un modelo común en países de América Latina. En Costa Rica, por
ejemplo, las elecciones son conducidas por el Tribunal Supremo Electoral, que también
tiene la responsabilidad de regular la cobertura electoral por parte de los
medios de comunicación. El tribunal es un órgano independiente constitucional
compuesto por jueces y su presupuesto es aprobado por la legislatura. Es
completamente independiente del poder ejecutivo. La imposición de su autoridad
sobre los medios no ha sido sin controversia. En 1999, el Tribunal Supremo
Electoral, ordenó a una estación privada de televisión, Teletica Canal 7, a
invitar a debate a los 13 candidatos presidenciales, en vez de tan solo los
cuatro primeros como la estación había planeado. El Tribunal Supremo Electoral
se rehusó a contemplar la apelación de la estación; basándose en que eso era un
asunto electoral.
En muchas instancias, cualquiera que sea el mecanismo que tenga la
responsabilidad de regular a los medios en un proceso electoral, existirá el
derecho de apelar ante un organismo judicial en contra de las decisiones del
organismo regulador. La apelación puede provenir de los propios medios de
comunicación, de los partidos políticos o ser parte de una impugnación
personal. Como cualquier otro procedimiento durante periodos electorales, esto
es más parecido a un proceso expedito. Una decisión judicial bien sopesada no
será de mucha utilidad si es dada a conocer después de terminado el proceso
electoral.