La pregunta acerca de quién es o no un periodista practicante queda bajo la
responsabilidad de sus propias organizaciones -aunque muchos gobiernos, a
través del Ministerio de Información o instancia similar, cuentan con un
sistema de acreditación de periodistas. Cualquiera que sean las bondades de los
distintos sistemas, no obstante, es necesaria la instrumentación de algunos
sistemas de acreditación en cualquier proceso electoral. Esto se debe a que los
medios serán facultados para asistir a los distintos eventos -tales como la
propia votación o el escrutinio de los votos- que en primera instancia no
estarán abiertos al público ordinario.
El sistema más adecuado en la acreditación de periodistas en el marco de
una elección es el conducido conjuntamente por el órgano de supervisión
electoral y por el órgano regulador de medios de comunicación. El proceso de
acreditación debe estar disponible para los representantes de organizaciones de
medios de comunicación tanto nacionales como internacionales. La autoridad
encargada de la acreditación no podrá rehusar la entrega de credenciales a
ningún representante de estas organizaciones.
La naturaleza de las credenciales emitidas deberá ser acordada entre la
policía o cualquier otro organismo responsable de la seguridad en la elección,
así como con el personal del organismo electoral. Estas credenciales
normalmente consistirán de una placa laminada con una fotografía donde se
identifique claramente al portador como un representante de algún medio de
comunicación. Estos preparativos deben hacerse del conocimiento de los partidos
políticos, de quienes se espera que aseguren que sus miembros y personal de
apoyo faciliten (y no impidan) el acceso
a cualquier persona que porte estas credenciales.
Cuando se conoce con anticipación la fecha en que se va a llevar a cabo una
elección, la acreditación de la mayoría de los periodistas locales puede ser
organizada con el debido tiempo para evitar apuros de última hora. No debe
haber límites en el número de personal de medios de comunicación provistos con
credenciales. Las organizaciones noticiosas no están obligadas a limitar el
número de periodistas a acreditar, aunque resultará mucho más razonable para
los organizadores de un evento, limitar el número de solicitantes de una organización
periodística particular permitido en un determinado evento o local, en caso de
ser necesario asegurar el acceso de un espectro más amplio de instituciones de
comunicación.
Aunque una credencial con fotografía -evidencia visible de acreditación- es
sin duda útil en muchos eventos públicos ligados a una elección, únicamente
deberá ser solicitada como precondición de asistencia en dos circunstancias:
- Cuando
la seguridad del proceso está en juego - como en la votación o el
escrutinio.
- Cuando
la logística de la organización determina que únicamente un número
limitado de periodistas pueda tener acceso.
En este último caso, será preciso
que los periodistas operen su propio sistema en donde puedan seleccionar por si
mismos a sus representantes para asistir a los distintos eventos, con el
propósito de compartir la información conseguida. Los funcionarios electorales
también pueden establecer un sistema de rotación para asegurar que algunos
periodistas están siempre presentes, permitiendo a los periodistas a decidir
entre ellos quien se beneficiará de las distintas franjas horarias disponibles.
En otras palabras, el proceso de acreditación es entendido en gran medida
como una herramienta administrativa que en pocas ocasiones tiene una dimensión
de seguridad. Generalmente, el principio de que cualquiera pueda tener acceso
al proceso electoral, escribir sobre él y difundirlo, es de suma importancia.