Importancia de las normas de conducta
El personal encargado de la logística electoral ocupa una posición especial en la confianza de la población de su país. En ellos descansa la expectativa de que actuarán de acuerdo con todas las reglas y regulaciones, cumpliendo de buena fe sus responsabilidades para ofrecer resultados de la mayor integridad.
Si bien esto es particularmente cierto en el caso de los oficiales que conducen la votación y el escrutinio, también se aplica a todos los que están relacionados con el proceso electoral, desde los mensajeros y encargados de clasificar y transportar los materiales, hasta los oficiales electorales de alto nivel. Para muchas de las personas involucradas en la logística electoral, esta exigencia no suele ser frecuente; los empleados temporales o de corto plazo estarán sujetos a mayores exigencias respecto a su comportamiento ético e imparcial que en su actividad ordinaria.
Necesidad de desarrollar un código de conducta
Los códigos de conducta formales para el personal encargado de la logística, pueden proporcionar el conocimiento sobre las expectativas de su desempeño y sobre las sanciones que se les pueden imponer si infringen las normas establecidas.
En su forma más simple, los códigos sólo pueden aludir a los fundamentos básicos de una elección libre, esto es, el mantenimiento en la secrecía del voto, o referirse a requerimientos legislativos sobre un comportamiento ético. Sin embargo, esto puede resultar insuficiente para que cada empleado tenga una idea clara y precisa sobre los estándares de desempeño que se esperan en el ejercicio de sus deberes.
Los códigos de conducta oficiales podrían ser:
- Una parte integral del esquema legislativo de la elección, respaldada por las sanciones previstas ahí mismo;
- Una directriz administrativa del organismo electoral, respaldada por las sanciones previstas en la legislación electoral y/o en la legislación que regula la conducta de los oficiales públicos en general.
Distribución del código entre los oficiales
A todas las personas interesadas en obtener empleo como oficiales de logística, se les debe hacer entrega del código, dando ejemplos de cómo observarlo en la práctica, así como información sobre los mecanismos y sanciones disciplinarias en caso de infracciones probadas.
El código debe ser explicado detalladamente a todos los aspirantes que hayan terminado exitosamente la capacitación. También se les debe dar a los oficiales extractos de la legislación electoral, o regulaciones que suministren un marco legal para sus funciones.
Contenidos del código
Los códigos para los empelados de logística electoral abordar tres cuestiones:
- La imparcialidad, la integridad y el profesionalismo con que se deben manejar los asuntos de logística electoral;
- Garantizar la seguridad de los materiales de votación y la secrecía del voto;
- La calidad del servicio que se debe ofrecer. La formulación de los códigos debería garantizar que sea aplicable para todo el personal.
En el caso del personal encargado de la logística, también puede ser útil que estos códigos incluyan requerimientos como:
- Mantener la secrecía y la integridad de la votación en cualquier momento, evitando revelar información sobre la intención de voto de los electores o del comportamiento de la votación;
- Observar una conducta imparcial y no partidista en todo momento, evitando influenciar o comunicarse con los electores sobre cuestiones políticas, abstenerse de portar propaganda política, de tener actitudes, formas o discursos que apoyen a algún participante o tendencia política y evitar actividades que podrían percibirse como tendenciosas;
- Que no intente ni cometa actos de corrupción y que reporte, se oponga o combata cualquier acto de esa naturaleza que advierta en el ejercicio de sus responsabilidades y que rechace regalos, favores o promesas de los participantes políticos o de sus patrocinadores;
- Aceptar la autoridad y dirección del organismo electoral sobre todas sus acciones;
- Ejecute todos sus deberes y funciones con cuidado, diligencia, precisión y cortesía;
- Rechazar y reportar cualquier forma de discriminación en relación a la administración de la logística electoral o en a actividad política en las elecciones, por razones de raza, género, lengua, clase o religión;
- Aceptar los derechos de los representantes de partidos o candidatos acreditados;
- Respetar el derecho de los observadores y representantes para supervisar los procesos de logística, así como el derecho de los electores, de los observadores y participantes políticos, para objetar cualquier procedimiento irregular y para investigar las objeciones con cortesía, tacto e integridad;
- Compromiso para salvaguardar todos los materiales electorales puestos a su cargo;
- Asistir a todas las sesiones de capacitación o reuniones relacionadas con sus deberes y que presente los reportes requeridos.
Contextos que salen de un conflicto
En este tipo de situaciones, podría ocurrir que los oficiales de logística electoral tengan que tratar con contendientes políticos u otras autoridades con las que tuvieron un conflicto violento reciente. En estos casos, los códigos de conducta deben ampliar sus contenidos para comprometer a los oficiales con responsabilidades específicas como:
- Cooperar con todas las autoridades en la entrega de los materiales y servicios electorales;
- Reconocer la autoridad de supervisores internacionales, sin obstaculizar su trabajo;
- No obstruir actividades de campaña de contendientes políticos, ni interferir en los derechos electorales de alguna persona;
- Ayudar a los supervisores y observadores en el desempeño de sus tareas;
- Coadyuvar a asegurar, dentro de los límites establecidos por la ley, la libertad de movimiento de todos los participantes en la elección.
Declaración de los empleados
Antes de ser formalmente acreditado como oficial de votación o para cualquier otro cargo relativo a la logística, se le debe exigir a todo el personal que presente una declaración de que cumplirá con todas las disposiciones contenidas en el código de conducta. Si aún no se han desarrollado los códigos en su totalidad, se les debe exigir que por lo menos respeten la secrecía del voto y las disposiciones legislativas fundamentales.
Existen otros participantes que intervienen en la logística electoral para las que también resultan aplicables algunas disposiciones del código de conducta. Como los observadores y los visitantes oficiales que podrían observar el procedimiento de votación en las mesas. Sería conveniente que antes de que se les acredite para visitar las, confirmen que están comprometidos para mantener la secrecía del voto. Al tratar con contratistas que proveen materiales electorales, también se debería obtener de ellos una declaración que los comprometa a mantener la seguridad de los materiales y la secrecía de la votación.
Los contratistas o grupos comunitarios que suministren servicios de logística, como actividades de información al electorado, también deberían estar sujetos al código para los oficiales electorales, para que respeten la imparcialidad, el servicio, la secrecía y la seguridad del proceso.
Aplicación
Un código de conducta no surtirá efectos si no existen mecanismos previsibles para su cumplimiento o conocimiento sobre las sanciones que se impondrán por violaciones comprobadas. Deberían existir mecanismos claros para una tener una acción disciplinaria efectiva e imparcial -de naturaleza administrativa para violaciones menores y de naturaleza criminal para las más serias.
Las conductas serias incluyen violencia, corrupción, o violación de la secrecía del voto. Siendo útil que la legislación electoral suministre castigos administrativos para malas conductas, que el organismo electoral pueda aplicar rápidamente, como el despido (salvaguardando adecuadamente la justicia).
Es importante que los mecanismos y sanciones disciplinarias resulten congruentes con la infracción o delito. Es probable que si las infracciones menores se tratan a través del sistema judicial, se produzca una demora en las resoluciones hasta después del periodo electoral que, por tanto, dejen escapar la oportunidad de tomar una acción o imponer una sanción efectiva.
También es posible que las cortes detesten imponer sanciones drásticas, por lo que pueden ser consideradas infracciones menores de naturaleza administrativa y generalmente no serán el medio más efectivo para sancionar delitos, a menos que sean de naturaleza criminal. Cualquier resolución de las cortes o acción disciplinaria impuesta debe ser ampliamente publicitada.