A los representantes de partidos y candidatos se les debería dar la oportunidad de observar la votación en cualquier mesa móvil que se utilice para visitar a los electores en su domicilio, en hospitales u otras instituciones como prisiones o en áreas remotas. El organismo electoral debería comunicar a los participantes políticos de forma oportuna sobre la ubicación, las fechas y horarios en que operarán las mesas móviles.
Cuando sea posible, se recomienda que el organismo electoral permita que los representantes políticos viajen con el personal electoral, cuando las mesas móviles se instalen en áreas remotas a las que solo se puede acceder por vía aérea. En estos casos, se tendría que valorar si los representantes deberían aportar alguna contribución para costear los gastos de transporte.
Cualquier acuerdo que se adopte para apoyar a los representantes debe ser extensivo para todos los partidos y candidatos contendientes.
Los representantes que observen el funcionamiento de las mesas de votación móviles deberían tener los mismos derechos y responsabilidades que los representantes presentes en las mesas ordinarias.
Cuando se atiendan a muchos electores de edad avanzada o enfermos, el garantizar que el comportamiento de los representantes no resulte intimidatorio, ni siquiera de forma involuntaria.
Los representantes que observen el funcionamiento de las mesas móviles ubicadas en residencias, hospitales u otras instituciones de salud deben actuar con sentido común y cortesía; cuando resulte obvio que su presencia incomoda a los electores deberían retirarse.
Se necesita que los representantes tengan mayor sensibilidad cuando acompañen a las mesas móviles hasta el hogar de los electores; si un número elevado de representantes entran al hogar de un elector, podría percibir que su privacidad esta siendo invadida.
Flexibilidad en las restricciones de campaña
Cuando se tienen sistemas electorales más complejos, especialmente en aquellos que requieren que el elector marque varias preferencias en la papeleta, sería útil que el marco legal permita que bajo solicitud del elector, los representantes políticos o los oficiales electorales les repartan información sobre cómo votar.
En algunos casos, cuando los electores se encuentran en cama en su domicilio, en una prisión o en un área remota, es probable que no tengan acceso a la información electoral. En este caso, será responsabilidad de los partidos y candidatos y no del organismo electoral, que estas personas puedan adquirir información al momento de votar.