A pesar de que siempre estará abierto a debate el significado de la democracia, está emergiendo una sólida base de consenso acerca de los principios guía que deben regir la administración electoral. Un organismo electoral (OE) debe ser constituido sobre los principios de independencia, apartidismo y profesionalismo. Deben existir procedimientos claros para garantizar la rendición de cuentas, así como para verificar su eficacia como organización administrativa y como instancia proveedora de un servicio. No debe ser político, pero sí capaz de operar en un medio político.
Principios guía
Independencia: En un país con actividad multipartidista, el OE solo puede generar la confianza de todos los partidos si es visto como independiente de cualquiera de ellos y del gobierno establecido. Es esencial que el OE tenga un buen nivel de confianza pues de otra forma el proceso y los resultados electorales pueden ser puestos en duda. Si bien el OE nunca puede ser totalmente independiente debido a que dependerá del legislativo para la aprobación de su presupuesto y posiblemente para la designación de su personal clave, estas atribuciones no deben ser utilizadas para influir sobre el OE.
El propio organismo electoral debe ser estructurado de tal forma que pueda protegerse de cualquier tipo de influencias. Algunos países, como Papua Nueva Guinea y Sudáfrica, disponen de garantías constitucionales sobre la independencia de sus OE's. En Costa Rica, por mandato constitucional, constituye una cuarta rama del estado. Otros países pueden no garantizar esa independencia constitucionalmente, sin embargo, la alientan, respetan y salvaguardan. (v.gr. Australia, Canadá y el Reino Unido).
Apartidismo: El apartidismo no es lo mismo que la independencia. Significa que al OE no le debe importar quien gane o pierda la elección que administra. Sus objetivos deben consistir en establecer un campo y reglas de juego equitativas para la competencia de partidos y candidatos; brindar a todos los electores la información que les permita emitir su voto de una manera razonablemente informada, así como escrutar los votos y declarar los resultados sin prejuicio hacia ningún partido o candidato.
El OE debe ser integrado por personas que sean capaces de actuar imparcialmente, que así sean percibidas por los actores clave y que disfruten de la confianza de los partidos políticos. En muchos casos, esto implica que los integrantes o tomadores de decisiones del OE no deban ser miembros de ningún partido político. Si no se puede crear un organismo totalmente apartidista, entonces se debe crear uno que sea balanceado mediante la inclusión de representantes de diversos partidos.
Profesional: Una característica tan importante como la independencia o la imparcialidad es la de un enfoque profesional en el desempeño de las enormes responsabilidades que significa la administración electoral. Esencialmente, la administración electoral es una empresa de servicio, y la gente suele tener crecientes expectativas sobre la capacidad de la organización para ofrecer un servicio de calidad. Un fracaso en la prestación del servicio debido a un comportamiento no profesional, a una inadecuada planeación o a otra deficiencia de carácter administrativo, puede provocar que se pongan en duda los principios de independencia e imparcialidad. Como consecuencia, la gente puede estar menos dispuesta a participar en procesos futuros.
Un OE profesional debe revisar constantemente la ley que administra y las formas mediante las cuales asesora a su personal, a los partidos políticos y candidatos, así como a los votantes acerca del proceso electoral. Debe asegurarse que la ley sea administrada fielmente y que todos los partidos, candidatos y votantes sean tratados de forma igual y justa. También debe considerar como informar y educar mejor a los votantes acerca del proceso electoral y como hacer un mejor uso de sus recursos, incluidas las nuevas tecnologías. Asimismo, debe disponer de suficientes recursos para ejecutar sus funciones.
Principios gerenciales y éticos
También hay principios gerenciales y éticos que deben guiar al OE. En lo que concierne a los principios gerenciales, estos pueden ser descritos como aquellos que reconocen la importancia de la profesionalización y la necesidad de contar con personal debidamente capacitado y motivado, que labore dentro de una cultura de respeto y comprensión de los principios éticos que norman su trabajo.
La integridad de la administración electoral es crucial para asegurar que el proceso electoral sea considerado legítimo. Tiene poco sentido celebrar elecciones que implican costosas operaciones, si el resultado es cuestionable debido a la ineficiencia del OE o a dudas sobre su imparcialidad. Al momento de una elección, así como durante el periodo de integración del registro de electores, la atención de muchos se enfocará en la función del OE, y éste debe tener la certeza de que puede resistir ese escrutinio y asegurar la legitimidad del proceso del que es responsable.
El Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA) ha publicado un Código de Conducta para la Administración ...tica y Profesional de las Elecciones. El Código detalla los cinco principios éticos que deben constituir la base de la administración electoral para garantizar tanto la transparencia como la integridad del proceso electoral. De acuerdo con este Código, la administración electoral debe
- Demostrar respeto por la ley.
- Ser neutral y apartidista.
- Ser transparente.
- Ser precisa.
- Estar diseñada para servir a los electores.
A continuación se examinan con detalle estos principios éticos.
Principio ético 1 - La administración electoral debe mostrar respeto por la ley.
El éxito de una elección depende del grado en que sea aceptada como legítima y legal por los participantes en el proceso político. La expresión de las principales decisiones políticas en términos jurídicos precisos brinda el grado de certeza requerido para que todos los participantes en el proceso desarrollen una comprensión común sobre la forma en que serán administradas las elecciones. Si la administración electoral no observa la ley, no aplica con equidad y explica claramente los fundamentos legales de sus decisiones, se puede afectar la comprensión común de los participantes y debilitar su apoyo al proceso electoral.
Consecuentemente la administración electoral debe
- Cumplir las leyes del país.
- Asegurar que las leyes relativas a las elecciones sean instrumentadas de forma totalmente imparcial y equitativa.
- Asegurar que cada partido, candidato, elector y cualquier otro participante en el proceso electoral sea tratado de manera justa y equitativa, considerando todas las circunstancias.
Principio ético 2 - La administración electoral debe ser neutral y apartidista.
Para que una elección sea exitosa, los participantes en el proceso deben tener la confianza en que la administración electoral cumplirá con sus funciones de una manera políticamente neutral. Si se percibe que el personal que administra una elección está comprometido con un determinado resultado, la credibilidad pública del proceso electoral estará tan seriamente comprometida que será difícil restaurar la confianza. Por tanto, los administradores electorales deben ejecutar todas sus tareas de una forma que sea estrictamente apartidista y políticamente neutral.
Un país puede, en ocasiones, designar personas que funjan como administradores electorales porque representan a algún partido o tendencia política. En ese caso, aún y cuando los administradores sean elegidos debido a su filiación política, también deben cumplir con sus tareas de una manera que sea estrictamente apartidista y políticamente neutral.
Los administradores electorales deben
- Actuar de una manera estrictamente neutral y sin sesgos en todo asunto concerniente a un partido político, candidato, elector o miembro de la prensa.
- No hacer nada que pueda indicar, o ser visto como indicativo, de apoyo partidista a un candidato, partido, actor o tendencia política.
- Conducirse, en todo momento, de una manera irreprochable, ejercer un juicio sólido y observar los más altos niveles de discreción personal.
- Manifestar cualquier relación que pudiera provocar un conflicto de intereses con sus deberes como administrador electoral.
- No aceptar ningún regalo o favor de un partido político, organización o persona involucrada en el proceso electoral.
- Rechazar cualquier influencia indebida y, excepto lo dispuesto por la ley y la costumbre, abstenerse de aceptar orientaciones relativas al ejercicio de sus actividades.
- No participar en ninguna actividad no autorizada, incluida cualquier actividad privada, que pueda provocar un conflicto de intereses real o potencial con sus deberes como administrador electoral.
- No participar en ninguna actividad, incluida cualquier actividad privada, que pudiera propiciar la percepción de simpatía por un candidato, partido, actor o tendencia política particular.
- No expresar ningún punto de vista sobre cualquier asunto que pueda ser materia política en la elección.
- No comunicarse con ningún votante sobre un asunto de significado partidista.
- No vestir, portar o mostrar un símbolo o color de obvia filiación partidista.
Los administradores electorales deben observar cada una de estas guías en la medida que resulten aplicables a una organización o persona.
Principio ético 3 - La administración electoral debe ser transparente.
Para que una elección sea exitosa, los participantes en el proceso deben aceptar las decisiones de la administración electoral. Es más probable que los participantes acepten esas decisiones si se convencen fácilmente de que fueron adoptadas de forma apropiada. Para lograr este objetivo, deben tener acceso a la información en la que se basaron esas decisiones. Desde luego, cada elección generará una gran cantidad de información, bases de datos y múltiples documentos. Generalmente no resulta práctico brindar acceso o copias de todas estas informaciones a cada persona que los desee. Sin embargo, los administradores electorales deben estar preparados para:
- Justificar sus decisiones.
- Tener disponible la información en que se basó cada decisión.
- Disponer un acceso efectivo y razonable a la documentación e información relevante, dentro del marco de lo dispuesto por las leyes electorales y la libertad de información del país.
Además las administraciones y administradores electorales deben:
- Garantizar que los representantes de todos los partidos políticos o candidatos puedan ejercer plena y efectivamente todos sus derechos legales.
- Realizar consultas con todos los participantes en el proceso electoral de manera regular y respecto a decisiones específicas, si es conveniente hacerlo de acuerdo a las circunstancias.
- Brindar, en respuesta a requerimientos razonables, una explicación sobre una decisión que hayan adoptado como parte del proceso electoral o de la operación general de la administración electoral.
- Establecer un sistema que les permita a los partidos interesados acceder, de manera oportuna, a toda la información, documentación y bases de datos utilizadas en el proceso electoral o en la operación normal de la administración electoral.
- Revelar públicamente y por iniciativa propia cualquier deficiencia en la administración electoral que sea hecha de su conocimiento.
Principio ético 4 - La administración electoral debe ser precisa
Del análisis del Principio ético 3 se desprende que, para que las decisiones de los administradores electorales sean satisfactorias para los participantes, la información en la que se fundamentó cada una de ellas sea precisa y accesible. Una información imprecisa o poco confiable mina la confianza tanto en las decisiones de la administración como en sus capacidades. Las administraciones y los administradores electorales deben cumplir cada tarea sobre la base de los más altos estándares de precisión informativa y objetividad de análisis. En particular, deben:
- Asegurar que la información sea recogida, integrada y publicada de una manera sistemática, clara y libre de ambigüedades.
- Hacer todo lo necesario, dentro del marco jurídico del país, para garantizar que toda la información que recaben, usen o publiquen cuente con la sólida base de sustentación.
Principio ético 5 - La administración electoral debe estar diseñada para servir a los electores.
Las administraciones y administradores electorales deben trabajar para brindar a todos y cada uno de los electores un servicio de la mayor calidad que les permita ejercer sus derechos con los menores inconvenientes posibles, dadas las circunstancias y el marco jurídico del país. En particular, deben:
- Procurar que la participación de todos los electores en el proceso sea lo más conveniente posible.
- Asegurarse que todos los electores comprendan adecuadamente el proceso electoral.
- Hacer todo lo posible para poner a disposición de toda la gente con necesidades especiales, como los invidentes, discapacitados, analfabetas o a quienes residan en áreas remotas, un mecanismo conveniente para emitir su voto.