Para garantizar el cumplimiento de los principios éticos, el procedimiento de queja debe ser justo. La administración electoral debe:
- Mostrar pleno respeto por la Ley
- Ser no partidista y neutral
- Ser transparente
Cualquier procedimiento debe ser justo en términos de acceso a él, tiempos de atención, resolución y costos.
El procedimiento debe ser accesible a todos los segmentos del electorado, sin tener en cuenta su idioma o su domicilio, sobre todo las áreas remotas de los países menos desarrollados. Deben existir arreglos para la resolución a nivel local de quejas que no involucren grandes inconvenientes en términos de distancias de traslado o requerimientos de tiempo por parte del interesado.
El quejoso debe tener la oportunidad de presentar su caso y se le debe dar el tiempo y, si es necesario, el apoyo para hacerlo de manera personal o por escrito. También se le debe dar la oportunidad de conocer toda la evidencia considerada para resolver su queja, así como una explicación detallada de la decisión adoptada. Para asegurar que el procedimiento es justo, debe haber por lo menos un procedimiento de apelación.