Una vez que haya consolidado su genuino carácter independiente, el organismo electoral nacional estará en muy buena posición para supervisar las actividades de campaña de los partidos políticos y sus candidatos. El organismo electoral nacional desempeña una función clave para lograr que se cumpla con el objetivo de crear condiciones propicias para realizar elecciones pacíficas. A menos que ya estén contenidas en la ley electoral, una de las principales prioridades del organismo electoral debe consistir en diseñar las regulaciones fundamentales en materia de actividades de campaña.
Con frecuencia las disposiciones relativas a las campañas son incluidas en la ley electoral general y se concentran en un periodo específico que se inicia inmediatamente después del anuncio o convocatoria a elecciones y continúa hasta la jornada electoral. Los actos de campaña pueden ser prohibidos uno o pocos días antes de la jornada electoral a fin de darle a los votantes la oportunidad de reflexionar sobre lo que han escuchado durante la campaña. En aquellos países en que las campañas son dirigidas a través de los medios masivos de comunicación, particularmente la televisión, algunos votantes verán con agrado un cese oportuno de esas actividades antes de la jornada electoral.
La ley puede incluir disposiciones relativas a ciertas prohibiciones de actividades o financiamiento durante las campañas electorales (ver Regulación/Supervisión de Financiamiento de Campañas). En algunos países el organismo electoral y los partidos políticos han formulado de manera conjunta un código de conducta sobre el desarrollo de las campañas que todos los partidos se comprometan a cumplir. En el documento Proceso Electoral en Nepal, preparado por la Comisión Electoral de ese país, se incorpora una sección sobre la conducta en las elecciones del que vale la pena citar el siguiente pasaje de la subsección (a) relativa a campañas electorales:
Por mandato de ley, se les permite a los candidatos realizar actos de campaña por un mínimo de 30 días. Durante las campañas, las siguientes actividades están prohibidas y, consecuentemente, son punibles:
- Calumniar a un candidato
- Las que afecten la independencia, soberanía o integridad territorial del Reino
- Las que promuevan o causen odio, discordia o desprecio por cuestiones religiosas, comunitarias, de casta, credo, lengua o región.
- Las que convoquen a votar, busquen que se vote o se abstenga de votar sobre la base de cuestiones religiosas, comunitarias, de casta, credo o región.
Con el propósito de asegurar elecciones justas y pacíficas, la Comisión Electoral también ha desarrollado un código de conducta a partir de consultas con varios partidos políticos y el gobierno. El código de conducta relativo a las campañas es igualmente aplicable a los candidatos de partidos políticos y a los independientes. El código también contiene disposiciones que son aplicables al gobierno sobre asuntos de medios de comunicación y otras facilidades y servicios oficiales. Un código de esa naturaleza (el cual deben suscribir formalmente todos los partidos, candidatos y representantes para comprometerse a cumplirlo), puede cubrir muchos aspectos del periodo preelectoral.
El organismo electoral (OE) puede facilitar la elaboración del código, pero es importante que todos los implicados en la elección tomen parte de su preparación, adopción y eventual reforma. El código de conducta puede incluir aspectos tales como el control de simpatizantes, la cooperación con el OE en todos los asuntos electorales, realizar actos pacíficos de campaña, el compromiso de no violentar las reuniones o manifestaciones de los oponentes, aceptar el resultado de la elección y, en su caso, impugnar los resultados por la vía legal.
El OE tiene la responsabilidad de vigilar que todos los candidatos y partidos respeten el código de conducta. Debido a su carácter independiente, el organismo electoral está en buena posición para hacer cumplir el código y atender cualquier violación. Esas violaciones que pueden ser a la ley misma y no sólo al código, deben ser abordadas lo más rápido posible a efecto de conservar la credibilidad. Hay distintas formas de atender las acciones que violan el código de conducta o la ley electoral, pero independientemente de cual sea el modelo que se escoja, deben existir sanciones que vayan desde la advertencia sobre conductas futuras hasta la imposición de multas o incluso la suspensión de su participación en la elección.
También puede ocurrir que el OE tenga la facultad de investigar y sancionar infracciones. En caso contrario, se puede establecer una comisión especial que se encargue de estos asuntos. Otro método podría ser el de permitirle a los partidos y candidatos presentar directamente sus quejas ante los tribunales judiciales. En las democracias en desarrollo, la aceptación del código puede ser utilizado a favor del OE y del país en su conjunto. Una publicidad cuidadosamente planeada un poco antes o al inicio del periodo electoral en la que se detallen los acuerdos del código de conducta puede ser una buena forma de demostrar la tolerancia política por parte de todos los contendientes.