Los
educadores, especialmente los que trabajan en programas oficiales de educación
electoral, tanto a través de la autoridad electoral o algún otro cuerpo de
carácter legal, tendrán cierta responsabilidad en proporcionar información
electoral al electorado en general. Los electores con derecho al voto serán
definidos en la constitución y la ley electoral. Normalmente, requerimientos de
ciudadanía, edad y competencia serán establecidos. Algunos prisioneros podrán
retener su derecho al votar, pero otros no. Y, en algunas elecciones, por
ejemplo las municipales o de representantes de acuerdo a los distritos,
requerimientos de residencia pueden también entrar en juego.
La
autoridad electoral puede tener alguna obligación, entonces, de informar a todos
los electores la fecha y tipo de elección, horas de votación, la ubicación de
sitios de votación, requerimientos de registro y dónde hacerlo, el tipo de
identificación requerido para establecer que se está calificado para votar, la
manera apropiada en que se debe indicar la opción en la boleta electoral, y
demás.
Estos
mensajes generales de información electoral pueden entonces ser complementados,
tanto por los propios programas de la autoridad electoral o por los de grupos
de la sociedad civil, mediante información autorizada y mensajes educativos
enfocados a casos especiales, como grupos marginados o aquellos con necesidades
especiales.