La decisión de las
audiencias más apropiadas para la educación electoral no está enteramente en
las manos del educador. La política, constituciones y leyes restringen o
dirigen el programa.
El papel de la política
La educación electoral le da poder a los votantes. Esto
los anima a registrarse y, una vez registrados, a votar. Los motiva a decidir
por quién deben votar, y les proporciona la habilidad necesaria para sopesar
las opciones que se les presentan. Estas son actividades que tienen
consecuencias políticas. Es por ello que no será sorprendente que los intereses
políticos intenten ampliar o reducir el alcance de la información emitida por
los educadores electorales a través de canales formales e informales.
En situaciones donde las elecciones han empezado a
presentarse regularmente, y donde existe un consenso general sobre su beneficio
y el potencial de la alternancia gubernamental, las autoridades electorales
podrán establecer un programa educativo que no sea sólo universal sino también
inclusivo. En sociedades donde aún hay mucho de por medio, y donde las
elecciones están determinadas por la coerción internacional o una inclinación
por establecer una legitimidad pública sin extender el poder político,
existirán tentativas que buscarán reducir las posibilidades de conducir
extensivamente un programa de educación al votante.
Los opositores encontrarán un amplio rango de formas para
interferir en la educación electoral que irán desde la intimidación hasta la
violencia, limitando el acceso a los votantes, hasta el descrédito de los
educadores y sus programas, así como decisiones sobre el presupuesto, la
legislación, el tiempo en el que se realizarán las elecciones, y otras materias
en manos del gobierno.
Las constituciones juzgan y confieren derechos
Cuando existen constituciones, y en particular en
aquellas sociedades que operan bajo declaraciones de derechos humanos,
probablemente existirán cuestiones de equidad. En algunas sociedades, puede ser
posible focalizar la educación electoral en grupos particulares. Empero, las
autoridades estatutarias podrán enfrentarse con el requerimiento que todos los
votantes reciban el mismo tratamiento y un servicio igual. Dicho servicio
universal puede actuar como una motivación para los educadores. Pero también
puede proporcionar inhibiciones serias al tratar de llevar a cabo un programa
informativo que vaya más allá de lo básico.
Toda la información adicional requerirá una
diferenciación, y esto tendrá que realizarse cuidadosamente, de tal forma que
el programa no se vea socavado por la controversia. Este puede ser el caso, por
ejemplo, de una batalla legal sobre si un programa debe suministrarse a un solo
sector de la sociedad o si debe ofrecerse a diferentes niveles de costo a
distintos segmentos del país.
Cuando no existen constituciones, ya sea porque la
sociedad opera —como en Gran Bretaña— sobre la base de un conjunto de
documentos y precedentes históricos, o porque actualmente se encuentran en
proceso de formulación de la Constitución o porque ha tenido constituciones
anteriores que se han visto afectadas por un conflicto, los educadores
electorales tendrán la ventaja de poder utilizar otros mandatos para focalizar
su educación en grupos tales como aquellas personas que han sido privadas del
derecho al sufragio, combatientes, ancianos y otros. Cualquiera que sea el
caso, los educadores no querrán sobrentender que un servicio universal y
limitado es el más apropiado y efectivo.
La legislación establece responsabilidades y
limitaciones
La legislación proporciona a los educadores electorales
un mandato particular. Este mandato inevitablemente incluye la responsabilidad
de proveer información o educación electoral. Las autoridades electorales en
algunos países, por ejemplo en Rusia, Ucrania, Australia, Canadá, México y
Paraguay, tienen un claro mandato para llevar a cabo educación electoral y/o
cívica.
En
otros, especialmente en entornos de desarrollo o de transición, la autoridad
electoral puede que no tenga un mandato explícito para llevar a cabo la educación
electoral. Si bien puede parecer obvia la necesidad de alguna forma de educación
electoral oficial, las autoridades electorales, principalmente aquellas en
ambientes altamente polarizados políticamente, pueden no querer extralimitarse
en su mandato legal, o pueden ser susceptibles a dar esa impresión. Cuando la
legislación limita a los educadores electorales oficiales, es posible que ese
grupo establezca alianzas con los educadores de la sociedad civil para lograr
extender su programa o para asegurar que la educación electoral sea adoptada
por entidades calificadas y apropiadas. Es la legislación, no obstante, la que
determina si este trabajo ampliado o alternativo recibirá financiamiento por
parte de recursos oficiales.