Porque usar votos provisionales o sujetos a validación
El uso de votos provisionales o sujetos a validación es un instrumento para:
- diferir controversias potenciales y mantener el servicio al elector bajo condiciones de presión en la operación de las mesas de votación;
- darle la oportunidad de votar a personas que alegan haber sido objeto de algún error administrativo en el proceso de integración de la lista de electores, o en el marcado en dichas listas de las personas que ya han votado.
Se basa en la premisa de que resulta preferible permitirle votar a un elector que aduce, pero no puede probar, su elegibilidad para votar en una determinadda mesa de forma tal que su voto este sujeto a una validación posterior que arriesgarse a obstruir el voto de otros electores y, eventualmente, a negarle su derecho al voto a un elector que ha sido víctima de un error oficial al integrar o marcar las listas de electores, o a quien se le ha privado de su derecho al voto sobre bases infundadas.
Si bien reduce el riesgo de controversias en las mesas de votación, previene una disrupción en los servicios al votante y maximiza los principios de accesibilidad y equidad, este método reporta algunas desventajas significativas, tales como:
- costos adicionales de materiales y recursos humanos especiales (tanto para emitir dichos votos como para determinar su validez);
- la necesidad de un estricto control administrativo del proceso;
- la posibilidad de demorar el recuento de los resultados, mientras se averigua y determina la validez de esos votos.
Es probable que la necesidad de contar con dispositivos de este tipo sea mayor en aquellos casos en que existe menor capacidad para afrontarlos, en términos de costos y recursos administrativos, donde existan administraciones electorales poco experimentadas, una integración y producción apresurada o con estrecheces presupuestales del registro elctoral y oficiales de votación insuficientemente capacitados. La decisiones relativas a la aceptación o no de votos provisionales o sujetos a validación y a las clases de votantes con derecho a reclamarlos, dependerán en gran medida del análisis de los riesgos consecuentes para la aceptación general de los resultados electorales si los errores en el registro electoral no pueden ser remediados de ésta o alguna otra manera-- ver Adiciones y Revisiones Durante la Jornada Electoral y Registros, Adiciones y Revisiones Durante la Jornada Electoral.
Requisitos para el voto provisional
Las circunstancias bajo las cuales se le puede permitir a un elector pedir un voto provisional o sujeto a validación deben estar claramente estipuladas en la ley. Algunas circunstancias relevantes pueden ser:
Cuando un elector alega no haber emitido su voto, pero su nombre ha sido marcado como tal en la lista electoral. Los oficiales de votación cometen errores al momento de marcar las listas, especialmente cunado incluye muchos nombres parecidos.
Cuando un elector alega haber sido registrado en la lista correspondiente a la mesa de votación, pero su nombre no figura en ella. (Esta situación no debe ser confundida con aquella propia del registro en ausencia ante las mesas de votación el mismo día de la jornada electoral - cuando un elector solicita votar en una mesa distinta a aquélla en la que se encuentra registrado). Incluso en administraciones electorales altamente experimentadas, pueden ocurrir errores en la integración y producción del registro y las listas de los electores, que no son advertidos durante las revisiones internas o públicas. Es probable que existan errores significativos en la integración de las listas de electores en aquellos casos donde han ocurrido cambios importantes en los requisitos de acceso al derecho al voto o en la delimitación de distritos electorales, se cuenta con poca experiencia administrativa o con nuevos sistemas para la integración y producción de los listados electorales y muy especialmente cuando se celebran elecciones por vez primera. En esas situaciones, la adopción de facilidades para la emisión de votos provisionales (o para registrarse el día de la elección) pueden influir de manera significativa a mantener un funcionamiento armónico en las mesas de votación.
Cuando la elegibilidad de un votante es impugnada , por los oficiales de la mesa de votación o (donde así se permite) por representantes de partidos y candidatos, sin poder llegar a una resolución definitiva. En estas situaciones puede no ser posible que el presidente o administrador de la mesa tome una decisión sobre si permitir el voto o no, sin mayor información a la mano. El uso de un voto provisional permite que se realice posteriormente una investigación completa y la adjudicación consecuente.
Métodos de votación
Es importante que los votos provisionales o sujetos a validación no sean percibidos como, ni en efecto resulten, una farsa, que sean seriamente investigados para determinar si resulta procedente su inclusión en el conteo. En algunos casos, las papeletas del voto provisional son de un color distinto al de las ordinarias, son depositadas dentro de las mismas urnas que éstas y excluidas del conteo, sin volver a ser atendidas. Si bien esto permite tranquilizar a los electores potencialmente agraviados durante la jornada electoral, en nada contribuye a la integridad de la elección.
Los sistemas más efectivos y equitativos asegurarían que los votos provisionales o sujetos a validación estuvieran sujetos a investigación y fuesen incluidos en el escrutinio de la demarcación que le correspondiera. Si bien el método de votos provisionales estaría plasmado en la legislación, los pasos que se indican a continuación constituyen una forma de instrumentar un sólido sistema de votación de este tipo.
Determinar la elegibilidad
Después de determinar que el votante se ubica dentro de una de las categorías previstas para emitir un voto provisional, hay que ofrecerle esta posibilidad. Quizá se requiera alguna verificación, como por ejemplo:
- en el caso de las personas que no se encuentran dentro de la lista de electores, verificar escrupulosamente que el domicilio en el que manifiestan estar registrados para votar, se ubica dentro del área geográfica comprendida por la lista de electores de esa mesa de votación;
- en el caso de las personas que reclaman no haber emitido su voto aunque así parece indicado en la lista de electores, una revisión de cualquiera de los múltiples controles de votación instituidos, por ejemplo, donde efectivamente se estila marcar con tinta a los electores que ya han votado, el verificar la existencia de la marca de tinta sería una evidencia contundente de que la persona ya ha votado y, consecuentemente, no se le permitiría un voto provisional.
Registrar datos del elector y extenderle la papeleta de votación
Se debe registrar información relativa a la identidad del elector que posteriormente permita verificar su elegibilidad. Ese registro debe incluir el nombre y domicilio proclamado por el elector, así como información complementaria que facilite a la revisión de su elegibilidad, como por ejemplo:
- fecha de nacimiento;
- cualquier nombre anterior o alias utilizado por el votante;
- datos de cualquier comprobante de registro electoral o de identificación mostrados por el elector.
Los electores deben firmar una declaración manifestando que esos datos son correctos, preferentemente en presencia de un oficial de votación o de un elector registrado. Una vez que el votante ha firmado esta declaración, se le entregan las papeletas correspondientes.
Ensobretar la(s) papeleta(s)
Cuando los electores han llenado sus papeletas, éstas son colocadas dentro de un sobre en el que también se incluye su declaración firmada, antes de ser depositada en la urna correspondiente. Se requiere tomar medidas para proteger la secrecía del voto. Entre ellas se pueden considerar las siguientes:
- utilizar un sistema de sobre doble, la papeleta es colocada dentro de un primer sobre interior, el cual es a su vez depositado dentro de un sobre exterior que contiene la información sobre la identidad del votante; así, una vez que la información es verificada, el sobre interior es separado del exterior y mezclado con el resto de las papeletas antes de ser abierto para efectos de escrutinio;
- en contraparte, se puede utilizar un sobre sencillo con un folio o talón desprendible, en donde los datos de identidad del elector se escriben en el folio o talón, el cual se desprende después de verificar la elegibilidad y el sobre se mezcla con otras papeletas antes de extraerlo para el escrutinio.
Verificar la elegibilidad
Una vez concluido el escrutinio de las papeletas normales (en los casos en que se necesitan los sobres de votos provisionales para realizar las conciliaciones del material de votación), los sobres de los votos provisionales son enviados al organismo electoral correspondiente. Dependiendo de la confianza depositada en el organismo electoral, la verificación de la elegibilidad puede ser realizada por él mismo o ser parte de las atribuciones de cualquier tribunal facultado para resolver disputas electorales. El procedimiento de verificación de la elegibilidad debe estar abierto a los representantes de partidos y candidatos, así como a observadores independientes.
La legislación debe disponer criterios claros para esta verificación, particularmente sobre lo que constituyen "errores administrativos" susceptibles de propiciar la omisión de una persona de la lista de electores. Por ejemplo, ¿se puede determinar la elegibilidad:
- sólo si se puede comprobar un error administrativo o un equívoco al procesar la información aportada por el elector?
- si existen criterios más amplios, que impliquen la supresión del registro debido a que un elector no respondió a una objeción o a otros procedimientos de revisión del registro electoral?
- sí, en los procedimientos de actualización de los sistemas de registro permanente, el elector no actualizó su registro cuando se mudó a un nuevo domicilio?
Conteo de los votos provisionales
Los votos provisionales de los electores que hayan sido considerados elegibles para votar son entonces retirados de su sobre e incluidos en el conteo de la demarcación electoral que les corresponde. (Para mayor información sobre el conteo de estos votos, ver Consolidación de Resultados.)
Actualización del registro de electores
En un sistema de registro electoral permanente, también pueden resultar apropiadas otras disposiciones, como por ejemplo:
- que los electores habilitados para emitir un voto provisional puedan llenar un formato de inscripción al registro electoral en la misma mesa de votación;
- reincorporar o agregar a la lista de electores a aquellos que fueron erróneamente excluidos;
- darle seguimiento a aquellos cuyos votos fueron declarados inelegibles para alentarlos a actualizar los datos de su registro.
Servicio de los oficiales de votación
Los administradores de las mesas de votación deben asegurarse que los oficiales o el personal responsable de la votación no tengan reservas para proporcionar papeletas de votos provisionales en circunstancias en que los electores estén habilitados para acceder a ellas. Las reservas de los oficiales de votación pueden obedecer a alguna de las razones siguientes:
- el trabajo adicional que ello implica;
- renuencia a aceptar que puede haber errores en la lista de electores;
- una falta de énfasis en los programas de capacitación sobre el hecho de que las disposiciones legales sobre el voto provisional constituyen un derecho de los electores, y no un privilegio sobre el cual los electores puedan o no ser advertidos .
La capacitación de los oficiales de votación debe dejar muy en claro cualquier derecho de los electores respecto al voto provisional o sujeto a validación.