Cuestiones básicas
El voto anticipado implica ofrecerle facilidades a los electores que no pueden presentarse en una mesa de votación el día de la jornada electoral para que emitan su voto uno o varios días antes. Requiere un balance entre accesibilidad y efectividad. Ofrecer esta facilidad adicional, puede incrementar considerablemente los costos de personal y materiales. Sin embargo, se ha comprobado que las elecciones conducidas usando uno de los métodos tradicionales de voto anticipado, el postal, han resultado muy efectivas.
Esta sección, así como las relativas a En Persona y Por Correo , deben ser leídas junto con la de Voto en Ausencia. En muchos casos, los arreglos para el voto anticipado también permiten atender a los votantes, ya sea de manera personal o por correo, en un distrito electoral distinto al de su lugar de registro.
Métodos de voto anticipado
Los dos métodos básicos de voto anticipado son:
- en persona, en una oficina del organismo electoral, un sitio o mesa de votación normal u otro recinto habilitado para estos efectos (ver En Persona );
- por correo, en cuyo caso el elector solicita, o le es enviado de manera automática, la papeleta y el material de votación, los cuales el propio elector debe enviar de regreso al organismo electoral (ver Por Correo ).
En algunos lugares se utiliza una combinación de ambos métodos. si bien se promueve el máximo de accesibilidad, a veces se duplican los servicios.
En otros lugares, particularmente en áreas remotas, también se pueden procurar otras facilidades de votación antes de la jornada electoral, tales como las unidades móviles de votación (ver Otros Preparativos Especiales para la Votación), o el voto por fax o radio.
Esquemas
Es preferible determinar en la legislación algunos asuntos clave relativos al voto anticipado, tales como:
- su período de duración;
- los requisitos necesarios;
- los métodos para determinar los sitios donde se efectuará;
- la secrecía y esquemas de escrutinio, especialmente para los votos postales;
- la información exigida a los electores que voten fuera de su distrito electoral.
Resultaría más cómodo que las decisiones sobre otras cuestiones más prácticas, como las relativas al número y horarios en que estarán abiertos los sitios donde se recibirán los votos anticipados, quedaran a discreción de la autoridad electoral conforme a las necesidades reales.
Elegibilidad para solicitar el voto anticipado
Algunos sistemas le permiten el voto anticipado a cualquier elector que desee hacer uso de él. Sin embargo, toda vez que genera costos adicionales, el marco legal puede disponer requisitos especiales de elegibilidad. En su forma más restrictiva, se limita a los electores cuyas responsabilidades oficiales les impiden votar el día de las elecciones, tales como los oficiales de las mesas de votación, miembros de fuerzas de seguridad u otros oficialmente implicados en actividades electorales el dia de los comicios.
En los sistemas menos restrictivos, se pueden considerar opciones más amplias de acceso, como por ejemplo:
- encontrarse fuera del país el día de la elección;
- encontrarse más allá de cierta distancia predeterminada respecto al sitio o mesa de votación en que le corresponde votar el día de los comicios --se pueden exigir requisitos adicionales respecto a la causa de la ausencia (como razones de trabajo);
- encontrarse empleado en una actividad específica (como servicios de emergencia) que no le permitiera votar el día de los comicios;
- tener creencias religiosas que le impidan presentarse a votar el día programado;
- estar internado en un hospital u otra institución, por embarazo o por encontrarse lo suficientemente enfermo o incapacitado como para acudir a un sitio de votación el día previsto para las elecciones;
- estar encargado de atender a una persona enferma, embarazada o incapacitada durante el día de los comicios.
Cuando el voto anticipado se emita de manera personal, se pueden imponer requerimientos adicionales relativos a la ubicación de los sitios donde pueda realizarse. Se puede restringir al distrito electoral en que esté registrado el votante o a otra demarcación administrativa. Cuando el elector pueda emitir un voto personal anticipado en un distrito distinto al de su registro electoral, se convierte de hecho en un voto en ausencia, por lo que exige los mismos requisitos de control que éste (ver Voto en Ausencia).
Cuando el voto anticipado se da por correo, pueden fijarse restricciones respecto al lugar en el que puede solicitarse. ...ste puede limitarse a la oficina electoral correspondiente al distrito de registro del elector. En caso contrario, se pueden enviar papeletas de votación por correo desde cualquier oficina electoral. Si bien este último método promueve la accesibilidad, también exige sofisticados controles de seguridad.
Período para el voto anticipado
Los períodos fijados para el voto anticipado pueden variar significativamente. En los sistemas restrictivos, donde sólo un reducido número de votantes es elegible para él, un día puede ser suficiente.1 Lo habitual es que los períodos fijados para la votación anticipada oscilen entre los cinco y los quince días previos a la jornada electoral ordinaria. Entre los elementos que se deben considerar para determinar el período de la votación anticipada, figuran los siguientes:
Asegurar que existe tiempo suficiente para la impresión y distribución de los materiales electorales antes del inicio del período de la votación anticipada. En los casos en que se utilizan papeletas de votación que incluyen datos completos sobre los partidos o candidatos (ver Formatos de las Papeletas de Votación), es clave que exista tiempo suficiente para la impresión y distribución de las papeletas entre el cierre de las postulaciones y el inicio del período de la votación anticipada. El voto anticipado, especialmente en su modalidad de voto postal, puede no resultar muy apropiado para los sistemas que permiten cambios de último momento en los partidos o candidatos postulados.
El período de votación anticipada, especialmente si es por correo, resulte suficiente para el envío y devolución de los materiales por parte de los electores desde cualquier parte de la zona electoral implicada.
Cuando la votación anticipada se efectúe por correo, el período para la recepción de las papeletas utilizadas podría ser:
- al mismo tiempo o un poco antes del horario previsto para el cierre de los sitios de votación ordinarios durante la jornada electoral;
- después del día de la jornada electoral ordinaria, para permitir la llegada de las papeletas que fueron requisitadas y devueltas hasta el cierre de la votación.
Sí el plazo para devolver las papeletas postales se fija para el día de la jornada electoral o poco antes, no se provocará demora alguna en el escrutinio de los resultados, pero se limitarían las condiciones de accesibilidad, especialmente en países con muchas áreas remotas y deficiente cobertura postal. En otros países se parte, en principio, de la base de que a cualquier voto postal emitido y devuelto antes del cierre de la votación ordinaria se le debe dar la oportunidad de ser incluido en el recuento. Dependiendo de la capacidad del servicio postal, en estos casos se suele fijar un período de hasta dos o tres semanas después de la jornada electoral para la recepción de esos votos. Si bien esto fortalece la accesibilidad, puede provocar costos de control adicionales, así como la consecuente demora en el escrutinio de los votos.
Control de los materiales de votación
Cuando la facilidad para votar por anticipado se encuentra disponible por varios días, se vuelve crucial el control de los materiales de votación. Entre los principales asuntos que se deben considerar se encuentran los siguientes:
Seguridad de las papeletas de votación utilizadas. Todas las papeletas utilizadas, ya sea que se hayan entregado en persona o devuelto por correo, deben ser conservadas en urnas bajo seguridad hasta el inicio del escrutinio. Cuando las papeletas estén contenidas en sobres con los datos del elector, se necesita crear sistemas de revisión de estos datos que resguarden la secrecía del voto y la seguridad de los materiales de votación. Todos los materiales de votación sobre los que se tengan que rendir cuentas precisas, tales como las papeletas y sobres que no fueron utilizados, deben ser resguardados bajo condiciones de seguridad tanto antes como después de la votación.
Realizar conciliaciones periódicas de todos los materiales contables o sujetos a revisión de cuentas, al menos al final de cada uno de los días de la votación anticipada. En caso de votación postal, son recomendables verificaciones más frecuentes. Puede ser útil clasificar las solicitudes de voto postal en series de 50 o 100, emitir los materiales de votación de acuerdo con esas series y conciliar las papeletas y otros materiales de votación (los sobres, por ejemplo) al concluir el procesamiento de cada serie.
Unidades móviles de votación
Las disposiciones legales pueden prever, asimismo, la operación de unidades móviles de votación durante cualquier período de la votación anticipada. Para las áreas remotas en particular, estas unidades generalmente son necesarias para operativos efectivos (para un examen más detallado sobre el uso de unidades móviles para el voto anticipado, ver Otros Preparativos Especiales para la Votación y Cierre de la Votación para Mesas Electorales Itinerantes.)