Cuestiones básicas
Cuando exista sospecha de fraude electoral, generalmente se emprenderán investigaciones exhaustivas después del cierre de la votación (ver Controles de Integridad). El marco dentro del que se despliegan estas investigaciones estará determinado por las disposiciones legales relativas a la impugnación de los resultados (ver Resolución de Conflictos y Disputas) y a la investigación y procesamiento del fraude electoral (ver Sanciones por Infracciones Electorales Específicas). Los métodos a través de los cuales el organismo electoral ejerza sus responsabilidades en esta materia deberán estar especificados en las disposiciones relativas a la resolución de controversias e impugnaciones (ver Resolución de Disputas).
Responsabilidades del organismo electoral
Si bien el procesamiento de los fraudes electorales será usualmente responsabilidad de autoridades civiles, el organismo electoral requiere contar con sistemas para cumplir con dos responsabilidades específicas:
- Detectar y documentar todos los casos de tentativa de fraude, para que los presuntos responsables puedan ser identificados y sometidos a los procesos previstos por la ley.
- Determinar, de ser posible antes de concluir el escrutinio y anunciar los resultados, si la extensión de cualquier fraude detectado es suficiente como para afectar el resultado de la elección.
Impugnaciones electorales
Los resultados de todas las investigaciones realizadas por el organismo electoral acerca de posibles fraudes, deben ser hechos públicos de la manera más abierta, transparente y expedita posible. Esto ayudará a mantener la confianza en la integridad del sistema de administración electoral y a desahogar las impugnaciones a los resultados de la elección (para un mayor examen sobre las impugnaciones a los resultados de la elección ver Manejo de Quejas e Impugnaciones.)
Si se considera que la extensión del fraude es suficiente para afectar el resultado de la elección, el hecho de que el propio organismo electoral solicite a la autoridad judicial competente que mantenga en reserva la elección ayudará a proyectar una imagen de profesionalismo e integridad frente a cualquier tentativa de manipular los resultados.
Seguridad de los materiales
Cuando las investigaciones sobre cualquier presunción de fraude sean realizadas antes de que se venza el periodo para impugnar los resultados de la elección, se debe tener mucho cuidado al manejar cualquier material de votación relevante. Todos los materiales deben ser mantenidos en un área segura y su eventual apertura o resellado debe ser realizado de manera escrupulosa y en presencia de testigos. Se debe tener mucho cuidado en no marcar ningún material utilizado en la votación.
Votación múltiple
La detección e investigación sobre votaciones múltiples dependerá de:
- La integridad, precisión y sofistificación de los métodos utilizados para integrar los listados de electores.
- Si, para facilitar el acceso, los electores pueden elegir los sitios o métodos de votación y si en cada sitio o método de votación se utiliza una sola lista para determinar la elegibilidad de los votantes.
- Qué tan estrictos sean los controles de identidad en los sitios de votación.
- La calidad y precisión de los registros de votación que se conservan y del profesionalismo de los oficiales de votación al comprobar la identidad de los electores, marcar las listas y aplicar los controles para la emisión de papeletas.
- La integridad de los sistemas o máquinas utilizadas para registrar los votos y determinar los resultados.
Cuando no existen estrictos controles contra el registro de duplicados en la lista de electores, es alta la posibilidad de una votación múltiple. Si los esquemas electorales no exigen que se utilicen listas únicas de electores para cada sitio y método de votación, la detección de votos múltiples requerirá la aplicación de sistemas que lleven a cabo la consolidación de los registros de todos los votantes que sufragaron y el examen de esta consolidación para determinar si se ha emitido más de un voto en nombre de cualquier elector.
Cuando se puedan utilizar distintos tipos de tarjetas o documentos para verificar la identidad del elector, pueden ser necesarios controles adicionales, tales como la de marcar al elector con tinta indeleble.
Si no se utilizan listas de electores, no solo será muy difícil investigar, sino incluso detectar cualquier caso de votación múltiple.
Sospechas de votación múltiple
Se pueden generar sospechas de votación múltiple cuando los registros muestren;
- Un mayor número de papeletas emitidas en un sitio de votación respecto a los de los electores marcados en la lista como votantes.
- Que un mismo elector ha votado por métodos distintos y en diferentes sitios de votación, durante cualquier consolidación de los registros de votación.
Documentación e investigación de presuntos casos de votación múltiple
La documentación de casos potenciales para una evaluación y ulterior investigación por parte de las autoridades civiles debería mostrar:
- El sitio o sitios donde se sospecha que ocurrió la votación múltiple y las declaraciones pertinentes del personal de votación.
- Si se sospecha que las papeletas fueron introducidas ilegalmente en las urnas o en sistemas de votación automatizados, registros completos y precisos de las conciliaciones de las papeletas o número de votantes.
- Copias certificadas de los listados electorales y otros documentos que indiquen que un elector ha depositado más de una papeleta.
Cualquier investigación previa a la remisión de un caso a las autoridades civiles competentes debe realizarse con el mayor rigor y tacto posibles. Bien puede ocurrir que en algunos casos la causa de aparentes tentativas de voto múltiple resida mas bien en errores de los oficiales electorales o de una confusión de los electores, sobre todo los de mayor edad o menor escolaridad, al momento de hacer frente a distintos métodos de votación.
Suplantación del elector
Es difícil detectar con posterioridad a la jornada a un elector que ha emitido uno o más votos en nombre de otros votantes, sin su debida autorización en aquellos casos en que la ley así lo prevé. La mejor defensa contra ello reside en listados de electores precisos combinados con rigurosos controles de la identidad del elector en los diversos sitios de votación (ver Controles de Integridad) y la insistencia de que los electores marquen sus papeletas de manera individual y en secreto. Sin embargo, se puede sospechar de suplantación y realizar las investigaciones necesarias en aquellos casos en que:
- La existencia de imprecisiones en los listados de electores hayan permitido que se conservaran los registros de personas fallecidas y que alguien haya votado en su nombre.
- Los sistemas de registro permitan que personas que se sabe que se encuentran en locaciones distantes o en el extranjero sigan registradas en su antigua dirección y se haya marcado en las listas que votaron en su residencia previa.
- Las papeletas postales hayan sido aparentemente completadas por una persoa distinta al elector al que se le enviaron.
- Se haya impugnado la identidad de un elector en la mesa de votación y el sistema haya permitido que emitiera una papeleta provisional sujeta a investigación.
La suplantación en la votación por correo puede ser detectada al revisar las declaraciones de elegibilidad o identidad que acompañan a las papeletas regresadas y descubrir diferencias en los datos o en la firma al compararlo con la solicitud de registro o de voto por correo. De igual forma, se puede detectar las irregularidades cuando un determinado número de papeletas se originan en el mismo sitio y con el mismo tipo de letra (por ejemplo, instituciones para el cuidado de personas en edad avanzadas, bases de las fuerzas armadas).
Todos esos incidentes deben ser investigados con mucho cuidado por los administradores de la logística antes de remitirlos a cualquier autoridad civil. Con el caso de la votación múltiple, un error de los oficiales de votación puede ser la causa de patrones de votación aparentemente irregulares.
La documentación que se le entregue a las autoridades civiles para una mayor investigación normalmente incluye:
- Copias certificadas de las listas de electores.
- Copias certificadas de las impugnaciones a electores y, en su caso, certificados de defunción, papeletas y declaraciones que acompañen a los votos postales.
- Declaraciones de los oficiales de votación y otros testigos.