Función de la legislación
La ley determina con frecuencia los principios de servicio e integridad así como los productos generales que deben estar presentes en la administración de la logística electoral (ver Votación). Asimismo, rige las estructuras y funciones administrativas que deben contemplarse durante la logística electoral para que una elección conserve su validez.
Sin embargo, las disposiciones legales pueden convertirse en una herramienta relativamente tosca cuando va más allá de los principios y resultados y definen minuciosamente cada operación además de cada método y sistema que han de ser utilizados por los administradores electorales. Un enfoque tan especializado puede resultar necesario para asegurar que la integridad, la equidad y otros principios electorales (ver Principios Guía) se lleven a cabo en la práctica, particularmente en elecciones transitorias o en sociedades que han sido sacudidas por divisiones políticas extremas.
La inclusión en la ley de algunos detalles sobre los procedimientos y prácticas de la logística electoral puede ayudar a preservar la integridad de la elección. Sin embargo, también comporta algunos factores negativos:
- Puede existir falta de flexibilidad para que los administradores electorales incrementen la efectividad o idoneidad de los procedimientos de la logística electoral cuando se determinan de manera legislativa.
- Por otra parte, los legisladores pueden entrometerse continuamente en los detalles de la logística electoral en la ley, por lo que la planeación y la organización por parte de los administradores pueden tornarse más complicadas.
Cuanto mayores sean la integridad, la estabilidad y el profesionalismo del órgano electoral, menor será la necesidad de una ley detallada para la logística electoral.
Sistema electoral
El sistema electoral definido en la ley influye en las necesidades administrativas de la logística electoral en diferentes áreas:
- Los requisitos en cuanto a la inclusión o exclusión en el registro electoral afectarán el número y la distribución de los votantes registrados y, por lo tanto, el número y ubicación de los sitios de votación.
- El hecho de que el sistema requiera que los representantes sean elegidos en distritos uninominales o por representación proporcional en una unidad electoral general o mediante una combinación de ambas fórmulas, afectará la ubicación y las funciones de los centros administrativos de la logística electoral a nivel central, regional o locales.
- El hecho de que el sistema requiera que las elecciones se lleven a cabo en una o varias rondas o en uno o varios días, afecta las cantidades y los periodos de tiempo para los que se necesitan los recursos, así como cualquier requerimiento de apoyo (adhesión) relacionado con las nominaciones de candidatos y los métodos para determinar el lugar de los candidatos en la papeleta de votación.
- El hecho de que la votación requiera de una o varias papeletas o una o varias marcas preferenciales por parte del votante, afectará la emisión del voto y, por lo tanto, al personal de la mesa de votación, al número de sitios y a los sistemas mecánicos o electrónicos de votación que se utilicen.
- Los formatos de la papeleta o los aparatos de votación prescritos legalmente determinarán las necesidades de suministro de papel y las posibles fuentes y cronogramas para la impresión de las papeletas, así como los requerimientos de equipo y de inversión.
- El hecho de que las fechas para la elección sean fijas o irregulares afectará los ciclos de planeación de la logística electoral, particularmente aquellos relacionados con el desarrollo y el uso de nuevos sistemas y procedimientos.
La legislación del sistema electoral también puede afectar la estructura administrativa de la logística electoral al delegar funciones que requieran la designación de organizaciones o personas específicas que se hagan cargo de ciertas tareas, tales como administradores electorales a nivel distrital, administradores de mesa o comités electorales, así como tribunales para la resolución de disputas electorales. (Podrá encontrar una discusión más amplia sobre los efectos de la ley en la administración electoral en general en Consideraciones Administrativas - Introducción , Tipos de Organismos Electorales y Responsabilidades.)
Ofrecimiento de facilidades de votación
Si la ley dispone que se brinden facilidades para votación especial, tales como la votación en ausencia, la votación anticipada o la votación en el extranjero, será mayor la complejidad en la planeación, el suministro y la capacitación electorales. La extensión de esas facilidades tendrá costos adicionales, demandará más tiempo, además de que los requerimientos en cuanto a material y logística pueden aumentar. Asimismo, las operaciones administrativas requerirán de una mayor cantidad de personal calificado. (Podrá encontrar más datos sobre facilidades para votación especial en Voto en Ausencia, Voto en el Extranjero , Voto Anticipado, Voto por Procuración , Votos Provisionales o Sujetos a Validación y Otros Preparativos Especiales para la Votación.)
Cronogramas
Las fechas límite impuestas por la ley establecen cronogramas muy rígidos dentro de los cuales tendrá que cumplirse con las logística electoral. Asuntos como la nominación de candidatos, la disponibilidad de materiales para votación anticipada y los horarios de votación, resultan ser el eje de la planeación electoral y el factor determinante en cuanto a las fechas límite para el suministro de material y los requerimientos del personal. Cuando las fechas límite establecidas por la ley sean poco realistas, los administradores electorales tendrán que determinar qué sacrificios serán necesarios y cuáles serán los costos adicionales para enfrentarlos.
Duración del mandato legislativo
Cuando los órganos legislativos no han sido elegidos para periodos fijos, los organismos electorales tendrán que estar preparados en todo momento para llevar a cabo la elección. Esto tendrá efectos importantes en los ciclos de planeación y podría restringir las posibilidades de utilizar nuevos sistemas o procedimientos, particularmente dentro de los últimos 15 meses del periodo gubernamental. En sistemas de periodo fijo, la planeación de la logística electoral resulta más segura y permite considerar mejoras continuas en los servicios.
Elecciones de transición
Si bien en sistemas estables la ley define claramente los periodos mínimos que deben mediar entre el anuncio de la elección y la jornada electoral, en contextos en transición éste podría no ser el caso. A menudo existirá presión para resolver rápidamente los conflictos mediante la celebración de elecciones a la mayor brevedad posible. En tales circunstancias unas elecciones anticipadas deben garantizar un nivel de integridad aceptable.
El tiempo que se requiere para llevar a cabo una elección aceptable será variable (dependiendo en particular de si se tienen que integrar o no nuevos registros de electores). No obstante, en la mayoría de estas situaciones de transición sería poco razonable esperar que los administradores electorales llevan a cabo una elección de calidad en un periodo menor a 5 ó 6 meses entre la determinación del nuevo marco electoral y el día de la elección.
Tiempos para reformas legislativas
Debe contarse con un marco legislativo para que los preparativos electorales se planeen de manera efectiva. Los márgenes de tiempo para una organización intensiva de la logística electoral (los cuales, dependiendo de la estabilidad y condiciones del contexto, podrían mediar entre 3 y 6 meses antes de la fecha prevista para la jornada electoral) presuponen que cada reforma electoral de importancia que ocurra en este periodo podría tener un efecto negativo en el resultado de la logística electoral (Ver el principio de "disponibilidad oportuna" en Principios Guía).
Ejemplos
Se pueden obtener ejemplos de legislaciones electorales que rigen la logística electoral en más de 70 países a través de las páginas de internet que se encuentran en el "Índice de países" de la lista de "Sitios de interés", a la que se puede acceder desde la página principal de ACE.