Oportunidad de observar
A los representantes de partidos y candidatos se les debe dar oportunidad de observar la votación en cualquier unidad móvil que se utilice para visitar a los electores en su domicilio, en hospitales u otras instituciones como prisiones o en áreas remotas. La ubicación, fechas y horarios de las unidades móviles deben ser comunicadas oportunamente por el organismo electoral a los partidos y candidatos.
En el caso de las áreas remotas a las que solo se pueda acceder por transportación aérea, puede ser útil para procurar la integridad de la elección que el organismo electoral permita que esos representantes viajen junto con el personal encargado de la unidad móvil, cuando esto sea posible. En esas condiciones se tendría que valorar si los representantes tienen que aportar alguna contribución para costear los gastos de transporte. Cualquier arreglo que se adopte para apoyar a los representantes debe ser extensivo a todos los partidos y candidatos contendientes.
Los representantes de partidos y candidatos que observen el funcionamiento de las unidades móviles de votación tienen los mismos derechos y responsabilidades que los representantes en los sitios de votación ordinarios (ver Derechos y Conducta dentro de los Sitios de Votación y Papel de los Representantes de Partidos y Candidatos). Especialmente cuando se atienda a electores de edad avanzada o enfermos, el personal a cargo debe asegurarse que el comportamiento de los representantes no resulte intimidatorio, ni siquiera de manera no intencionada.
Los representantes que observen el funcionamiento de las unidades móviles en residencias, hospitales u otras instituciones de salud deben actuar con sentido común y cortesía, cuando resulte obvio que su presencia puede incomodar a un elector, deben retirarse especialmente cuando se visiten los domicilios de los electores, se requiere sensibilidad; el hecho de que un gran número de representantes ingresen al domicilio del elector puede ser considerado como una invasión de la privacidad.
Flexibilidad en las restricciones de campaña
Cuando se trate de sistemas electorales más complejos, especialmente aquellos que requieren del elector distintas preferencias en la papeleta puede resultar útil que el marco legal permita la distribución de algunas guías de votación a solicitud de los electores, lo cual pueden hacer los representantes presentes en la unidad móvil o los oficiales de votación mismos. En algunas situaciones, como cuando los electores se encuentran en cama en su domicilio, en una prisión o en un área remota, es probable que no puedan tener acceso a esa información de otra forma. Sería responsabilidad del partidos o candidatos, no del organismo electoral, asegurarse que esa información se encuentre a disposición de los electores.