Voto por correo
El voto postal o por correo es la modalidad más extendida y utilizada de voto anticipado o ausente. A partir de una solicitud del elector, el organismo electoral le envía por correo a su domicilio los materiales de votación correspondientes. El elector llena la papeleta de votación y la devuelve, por correo o de manera personal, a una oficina del organismo electoral. Los controles de integridad generalmente descansan en la exigencia de que el elector anexe a la papeleta una manifestación o documento probatorio sobre su identidad y elegibilidad. Los sistemas exitosos de voto por correo dependen de un servicio postal eficiente dentro de toda la jurisdicción electoral. (Sobre los asuntos de infraestructura relativos al voto postal, ver Comunicaciones.)
Asuntos de integridad
Los controles de integridad más laxos respecto al voto postal deben considerar que el problema más susceptible de afectarlos reside en las tentativas de violación por parte de oficiales públicos. Los problemas perceptibles de integridad con el voto por correo incluyen:
- el alto nivel de normas probatorias sobre identidad y elegibilidad que son aplicadas en los sitios de votación no puede ser replicado en el voto por correo --particularmente cuando los electores mismos son quienes proveen la dirección a donde deben ser enviados los materiales;
- no existe la posibilidad de que los representantes de partidos o candidatos observen la votación por correo;
- no es factible ofrecer seguridad completa de todo el material electoral durante su traslado por el sistema postal;
- no puede haber garantía de que el elector que firma cualquier declaración que acompañe a la papeleta fue quien en realidad la completó o de que al momento de hacerlo no fue objeto de influencia o intimidación alguna.
Pueden surgir percepciones de violación o manipulación en los casos en que se recibe una gran cantidad de papeletas de instituciones para ancianos o enfermos. Por esta razón, aunque resulte más costoso, resulta preferible y más efectivo el uso de unidades móviles para recibir la votación de quienes se encuentran recluidos en instituciones de salud (ver Hospitales).
Elecciones por correo
En la última década, algunas jurisdicciones han optado por celebrar elecciones basadas exclusivamente en el voto por correo. 2 Su análisis ha revelado ventajas presupuestales y un efecto positivo en general, en términos de participación del electorado. Especialmente en los casos en que en que existen contratistas para el manejo automatizado de un alto volumen de servicios postales, este método reporta considerables ventajas administrativas, aunque no diluye del todo las dudas acerca de la absoluta integridad del proceso. En las sociedades desarrolladas, las elecciones por correo pueden ser vistas como un paso adelante de los tradicionales métodos de votación en persona y el futuro para la votación a través de ligas telecomunicacionales personales. (Para un ejemplo de manuales de procedimiento para una elección nacional operada exclusivamente por correo, ver Manuals for Election By Automated Mail Out, Australia .)
Características de los sistemas de voto por correo
Si bien los sistemas de voto por correo difieren ampliamente en muchos de sus detalles, existen algunas características comunes a todos ellos, entre las que se encuentran las siguientes:
Una solicitud firmada por el elector para recibir la papeleta de votación por correo. Puede ser a través de un formato preestablecido y para cada elección en particular, o de una solicitud de registro permanente como elector por correo (ver infra). Normalmente se fija una fecha límite para la recepción de esas solicitudes, considerando un margen suficiente para que el elector reciba y devuelva los materiales de votación antes de la fecha límite. (Para ejemplos de solicitudes de voto por correo, ver Application for A Postal Vote - Australia, 1996 y Absentee Vote Application - United Kingdom .)
La remisión de los materiales de votación al elector immediatamente después de la recepción de su solicitud.
El requisito de que el elector incluya una declaración firmada (y, amenudo, avalada por algún testigo)en la que testifique su identidad y elegibilidad para votar junto a su papeleta.
El uso de materiales de votación que protejan tanto la integridad como la secrecía del voto, incluso cuando el material devuelto identifique claramente al elector. Esto puede implicar el uso de sistemas de doble sobre para los materiales devueltos, o de sobres de votación que contengan talones desprendibles con los datos de identificación del elector (ver Postal Vote Certificate Envelope - Australia, 1996 ). (Para un mayor examen de estos métodos, ver "Solicitud de voto ausente en los sitios de votación" en Procedimientos para la Determinación de Elegibilidad.)
Sistemas para conciliar los materiales de votación anticipada solicitados, emitidos, inutilizados y devueltos.
Un método de devolución. Algunas jurisdicciones incluyen sobres con porte de devolución pagado en los materiales enviados a los electores. Esto puede representar una diferencia significativa en los costos del voto postal. Generalmente se afirmará que exigir que el elector sea quien cubra los costos postales de devolución constituye una imposición inadmisible. Adicionalmente, algunas jurisdicciones han utilizado con éxito cajas de depósito seguras donde los electores pueden introducir fácilmente y sin costo alguno sus sobres electorales.
Métodos para determinar la elegibilidad del votante al realizar el conteo de los materiales devueltos. Para coadyuvar a mantener la integridad, esto exigirá medidas tales como la comparación de la firmas incluidas en la solicitud original de envío, en el material devuelto y en el registro electoral, así como la verificación de las fechas de registro y devolución del material contra las fechas límite establecidas.
Cotejar los materiales de votación devueltos por correo contra el registro electoral para asegurar que los electores no han votado por correo y de manera personal durante la jornada electoral. Hay dos vías para hacer esto. La primera, cuando las fechas límite para devolver el material o papeleta de votación vencen antes de la jornada electoral, los nombres de los electores que han votado pueden ser marcados en las listas antes de remitirlas a los sitios de votación, de tal forma que no se pueda emitir ya un voto ordinario. Por el contrario, una segunda vía se puede aplicar por igual si la fecha límite para la devolución vence antes o después de la jornada electoral, las listas de electores devueltas de los sitios o mesas de votación son cotejadas contra las papeltas regresadas por correo. Si se advierte que un elector ha votado en persona y también ha devuelto su voto por correo, este último es deshechado (y se inician las averiguaciones correspondientes).
Sistemas de escrutinio de los votos que aseguren que los votos postales no son contabilizados hasta el cierre de la votación ordinaria. Sin embargo, el material devuelto por correo puede ser revisado para verificar la elegibilidad, los sobres de votación abiertos y las papeletas colocadas dentro de las urnas antes del cierre de la votación en las mesas ordinarias. En las jurisdicciones donde el voto postal se cierra antes de la jornada electoral ordinaria, las papeletas devueltas por correo son remitidas a los distritos o sitios de votación en los que elector está registrado para ser incluidas en el escrutinio correspondiente. Usualmente se considera más apropiado realizar su escrutinio o conteo en una locación central determinada.
Registro permanente de los electores por correo
En algunas demarcaciones con sistemas de registro permanente, se ofrecen facilidades para que, a solicitud del interesado, se le incluya en un registro permanente de electores por correo, asegurando así que les será enviado de manera automática el material correspondiente a la elección de su distrito. Ofrecer esta facilidad puede reducir considerablemente las cargas de trabajo para el personal durante el período electoral y proveer un servicio benéfico a los electores.
En otros casos se aplican criterios más restrictivos para la inclusión en esos registros que los que se aplican en general para la elegibilidad del voto por correo, tales como:
- incapacidad permanente;
- residir a una distancia mayor a la especificada respecto al sitio de votación más cercano;
- estar encarcelado (en los sistemas donde los presos pueden votar).
No parece existir argumentos obligados como para introducir criterios más estrictos de los que se imponen para otros tipos de electores anticipados (ver Voto Anticipado). Sin embargo, considerando que se ejercen controles más laxos sobre la integridad del voto por correo, es importante que los registros permanentes sean revisados de manera regular para garantizar la continua elegibilidad de los electores incluidos.