Elegibilidad para votar
En los países donde se mantiene el derecho al voto a todas o ciertas clases de prisioneros durante su periodo de encarcelamiento (ver Razones Legales), este derecho resulta ilusorio a menos que se ofrezcan facilidades para que puedan votar. Hay algunas cuestiones básicas que se deben resolver para poderles ofrecer facilidades de votación a los prisioneros, entre ellas:
- ¿En cuál dirección se registran para votar? ¿En la de la prisión, que si es muy grande puede alterar los patrones de votación, en la de su último lugar de residencia o en cualquier otra dirección civil?
- ¿Cómo se les brindará a los prisioneros la oportunidad de registrarse para votar y si van aparecer en listas normales o especiales?
- Cuando existan complicadas disposiciones legales para determinar las clases de convictos o prisioneros que siguen siendo elegibles para votar ¿cómo se puede obtener información precisa para determinar en qué categoría queda comprendido cada uno de ellos.
Asuntos de planeación
El qué tan bien sea posible organizar la votación para los prisioneros, dependerá de las facilidades disponibles que contemple el sistema electoral, como voto anticipado, por correo, en ausencia o a través de unidades móviles. Cuando se prevea del otorgamiento de facilidades de votación a los prisioneros, hay algunas consideraciones relativas a la planeación que requieren respuestas específicas, por ejemplo:
- Determinar el número de prisioneros en cada recinto que son elegibles para votar y desean hacerlo, mediante consultas con funcionarios del sistema judicial y de las prisiones.
- Recurrir a la ayuda de los propios prisioneros, grupos asistenciales y autoridades penitenciarias para informarle a los prisioneros los procedimientos para votar y las facilidades que se encuentran a su disposición -no se recomienda apoyarse únicamente en las autoridades penitenciarias ya que algunos pueden tener reservas para transmitir información sobre esos derechos.
Votación dentro de las prisiones
Tratándose de prisiones de gran tamaño, podría ser conveniente instalar una mesa de votación especial en su interior durante la jornada electoral, o bien programar la visita de una unidad móvil durante el periodo de votación anticipada o la jornada electoral (ver Otros Preparativos Especiales para la Votación para un examen general sobre las unidades móviles de votación). Los oficiales de votación a quienes se comisione para estas tareas requieren ser cuidadosamente seleccionados para asegurarse de que son adecuados para trabajar en un ambiente penitenciario. Para utilizar esos métodos se necesita efectuar arreglos precisos con las autoridades penitenciarias a efecto de:
- Garantizar el acceso a todos los prisioneros que quieran votar.
- Asegurar que las autoridades penitenciarias ofrecerán una adecuada seguridad a los oficiales de votación.
- Organizar los horarios de votación conforme a las rutinas penitenciarias.
Si se realiza una votación personal dentro de las prisiones, puede ser difícil gestionar la presencia y observación por parte de representantes de partidos o candidatos. El método más recomendable puede consistir en utilizar papeletas ensobretadas para todos los electores del tipo de las utilizadas en el voto en ausencia (ver Voto en Ausencia), de forma tal que la papeleta sea colocada en un sobre sellado, acompañada de la documentación pertinente sobre la identidad del votante para que posteriormente pueda ser verificada su elegibilidad en presencia de observadores.
Voto por correo
En contrapartida, los prisioneros podrían solicitar que se les enviaran papeletas por correo, que ellos pudieran completar personalmente y enviar de regreso a la autoridad electoral correspondiente. No obstante, este método podría representar problemas significativos, tales como:
- Es más fácil que los prisioneros puedan ser objeto de intimidación respecto a la forma en que voten y el voto por correo, sin ningún oficial u observador independiente o representante partidista que lo testifique, podría permitir que esa intimidación ocurriera sin conocimiento alguno.
- Los envíos y recepciones postales son a menudo inspeccionados por las autoridades penitenciarias por lo que, a menos que se tomen medidas para asegurar que los sobres de votación no van a ser abiertos durante este procedimiento, no hay ninguna garantía de que los votos por correo de los prisioneros van a permanecer en secreto.
Sin embargo, el voto por correo puede ser la única forma de manejar adecuadamente en términos de costo-efectividad el voto de un reducido número de votantes elegibles en una prisión. En este caso, será necesario tomar contacto con las autoridades penitenciarias para proveer a los prisioneros con los formatos requeridos para solicitar votar por correo y asegurar que el material de votación es manejado debidamente dentro de los recintos penitenciarios.